El real y supremo consejo de Castilla aprueba las ordenanzas del Gremio de Maestros Zapateros, castigando el intrusismo y el establecimiento de cadenas de tiendas

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ORDENANZA X.

Ordenamos: que ninguno que no sea Individuo de dicho Gremio de Maestros Zapateros, podrá tener tienda, operatorio, taller ó fabrica alguna de zapatos, botas, botines, ni otra qualesquiera especie de calzado, aunque no sea cosido, y muy menos que pueda venderlo en la referida Ciudad de Barcelona, sus suburbios y territorio, baxo la pena de ser comisado el calzado, y de veinte y cinco libras, aplicaderas una tercera parte á nuestras penas de Camara, otra para el denunciador, y otra para los gastos del Gremio.

ORDENANZA XI.

Ordenamos: que los Individuos que son y serán de dicho Gremio no podrán tener en la expresada Ciudad, y su territorio mas de una tienda abierta para fabricar todo genero de calzados, y para venderlos por mayor, y por menor, asi nuevos, como usados, y vender toda especie de cuero, y quedará privado de poder prestar el nombre á otro, porque cada uno de dichos Individuos deberá regir y gobernar su tienda por sí mismo, baxo la pena de veinte y cinco libras, aplicaderas segun se expresa en la Ordenanza decima.

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Comentarios

Una respuesta a «El real y supremo consejo de Castilla aprueba las ordenanzas del Gremio de Maestros Zapateros, castigando el intrusismo y el establecimiento de cadenas de tiendas»

  1. Avatar de Alberto Pernales
    Alberto Pernales

    [ref2936]:

    En 1813 las Cortes de Cádiz aprobaron una ley que declaraba que «todos los españoles y extranjeros residentes en el país pueden establecer fábricas de todo tipo sin necesidad de permiso … [y] y pueden practicar cualquier industria o comercio útil sin ser examinados por ningún gremio». Esta libertad económica fue revocada por Fernando VII en 1814 y reintroducidad por breve tiempo durante el régimen liberal de 1820 a 1823. En enero de 1834 el gobierno promulgó nuevos reglamentos para los gremios, destinados a «eliminar los diversos obstáculos que hasta ahora es han opuesto al desarrollo y la prosperidad de diversas industrias». Los gremios conservaban todavía una función, aunque no la tradicional, en cuanto «grupos de hombres animados por un deseo común de estimular el progreso de su industria». Con el nuevo modelo los gremios perdían todos sus privilegios, se les prohibía ejercer su monopolio en el comercio, no podían tener regla alguna «que contradijera la libertad de fabricación o de comercio interior» y no podían forzar a nadie a ingresar en ellos. Este decreto quedó invalidado el 6 de diciembre de 1836, cuando la ley más radical de 1813 fue puesta de nuevo en vigor, ahora definitivamente.

    La gran mayoría de los gremios desapareció en poco tiempo. Pero la libertad no había acabado con una institución floreciente. Durante el siglo XVIII la historia de los gremios en Cataluña «es la de una gran decadencia colectiva … una muerte lenta y natural» debida a su incapacidad para competir con las nuevas formas económicas, especialmente en la industrial textil, y al fracaso del Estado, tanto absolutista como liberal, para defender sus privilegios contra esa competencia…

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