Casi al año de la primera iniciativa fallida, concretamente los días 30 y 31 de octubre y 1 de noviembre de 1910, Solidaridad Obrera convocó un Congreso Obrero Nacional en el Teatro Bellas Artes de Barcelona. En dicho comicio se aprobó trascender el ámbito regional catalán hacia un ámbito estatal español con el nombre de Confederación Nacional del Trabajo (CNT).
La organización regional catalana de Solidaridad Obrera no hizo sino catalizar la aspiración generalizada de múltiples núcleos obreros de todo el país que de nuevo aspiraban a estructurar una organización nacional. Se habían dirigido en este sentido al consejo de Solidaridad Obrera de Cataluña, la Federación Extremeña, los obreros agrícolas de la región valenciana, las federaciones de la Coruña, Zaragoza, Gijón y los campesinos de las comarcas de Cádiz, Jaén y Córdoba.
Cataluña y Andalucía eran, con diferencia, las zonas regionales de mayor incidencia sindical (tanto en sus inicios como en el ciclo que transcurrió hasta el estallido de la guerra). De las 124 sociedades obreras que participaron en este primer Congreso, Cataluña aportó un total de 67 sociedades. Le seguiría, a gran distancia, pero con un peso específico considerable, Andalucía con 25. En un segundo nivel de importancia en cuanto a su presencia en el número de sociedades obreras tenemos que señalar a Asturias, Galicia y el País Valenciano. En lo que se refiere a otras regiones del resto de España su presencia en dicho Congreso era testimonial o inexistente…
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El sindicalismo fue definido no como un fin en si mismo, sino como un medio de lucha y resistencia en los antagosnismo creados por la existencia de las clases sociales. El fin era la emancipación integral de la clase trabajadora mediante la expropiación de los medios de producción pertenecientes a la patronal y la burocracia política y la consiguiente dirección propia de la producción.
En el tema relativo a la emancipación de los trabajadores, el viejo lema de la Internacional «la emancipación de los trabajadores ha de se obra de los trabajadores mismos», halló una interpretación estrictamente literal. Se hicieron claras alusiones a la clase política:
Los vividores de toda especie que procuran servirse de los obreros manuales para esos encumbramientos que les hacen placentera y grata la vida.
El Congreso defendió la táctica de acción directa y la aplicación del boicot contra los propietarios que exigían depósito previo en los contratos de arrendamiento, llegándose en caso de necesidad a la huelga general de inquilinos que defendería la negativa sistemática al pago de alquileres. Se acordó reivindicar firmemente la jornada de ocho horas, anteponiéndola a la fijación de cualquier salario mínimo, dado el rápido y constante encarecimeinto de la vida.
Sobre la huelga general, el Congreso se mostró cauteloso: la huelga general sólo podría ser revolucionaria y, en consecuencia, no debía prodigarse. Por tanto, no debería declarase para reivindicar más salario o disminución en la jornada de trabajo, sino para lograr una transformación total en la producción y distribución de los productos. Además, la huelga general postulaba su promulgación en el plano nacional, dado que en el plano local sería sofocada fácilmente.
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