La colaboración entre la Lliga y diferentes grupos comarcales catalanistas se concretó en la fundación en marzo de 1891 de la Unió Catalanista que pretendía agrupar a todas estas entidades. En sus estatutos fundacionales se establecía que cada año debía reunirse su asamblea general de delegados, uno de sus órganos dirigentes, en una ciudad distinta de Cataluña.
La Unió Catalanista nombró, en el mismo momento de su constitución, marzo de 1891, una comisión integrada por diversas personalidades del catalanismo para que redactara un “Projecte de bases pera la constitució regional catalana”.
El proceso de redacción fue complejo y no se completó hasta 1892. Los autores del proyecto son muchos entre los que sobresalen el presidente de la junta permanente de la Unió, Doménech i Montaner, el secretario de la misma, Enric Prat de la Riba y el jurista y catedrático de la Universidad de Barcelona, Joan Josep Permanyer. Así Prat de la Riba, a la sazón estudiante de Derecho y miembro del Centre Escolar catalanista, presentó un proyecto que fue rechazado por Permanyer. Concluido, después de amplios debates, el proceso de redacción del proyecto se acordó que se celebraría en al ciudad de Manresa “on ja tantes vegades s’ha iniciat la restauració de Catalunya” la Asamblea de delegados de la Unió para proceder a su discusión y aprobación los días 25, 26 y 27 de marzo de 1892.
Se escogieron más de doscientos delegados, entre ellos se encuentran la práctica totalidad de los dirigentes de la Lliga de Catalunya y sociedades afines y, por otra parte, muchas personalidades de diferentes profesiones que no tuvieron ninguna participación activa en la Unió Catalanista y ni siquiera acudieron a las Asambleas para las cuales se les había nombrado ya que sólo quisieron apoyar nominalmente al movimiento sin comprometerse de forma activa.
La mesa presidencial de la Asamblea estaba compuesta, entre otros, por el presidente, Lluís Doménech i Montaner, y el secretario Enric Prat de la Riba. Las sesiones se desarrollaron en el ayuntamiento de Manresa.
El presidente inauguró las sesiones con un discurso en el que manifestaba que las Bases que se iban a discutir no se trataban de una Constitución ni de un programa definitivamente cerrado, sino de motivos de meditación y de principios no desarrollados por completo. Después se procedió a discutir cada Base pero no se produjo un debate muy intenso y fueron aprobadas sin modificaciones sustanciales.
Sus criterios ideológicos esenciales son los propios del nacionalismo conservador. Es continuador del espíritu del «Missatje a la Reina Regent» entregada a ésta, como ya se ha explicado, con ocasión de la Exposición Universal de 1888.
El texto aprobado está compuesto por diecisiete bases que tratan, la primera, de las atribuciones del Poder central, y el resto de las del Poder regional.
En cuanto a la organización de este Poder central se establece la separación de las funciones legislativa, ejecutiva y judicial. El poder legislativo central radicará en el “Rey ò Cap d’Estat” y en una Asamblea compuesta de representantes de las regiones, atribuyendo a cada una de éstas la competencia, esencial, de determinar el modo de su elección. El número de representantes será proporcional al de habitantes y a la tributación. En cuanto al poder ejecutivo no se especifica quién lo presidirá. Las competencias del Poder central son las relaciones internacionales, aranceles, presupuestos etc..
En cuanto al “Poder regional”, que ocupa casi todas las Bases, se hace referencia a la oficialidad exclusiva del catalán, la división territorial debe realizarse sobre la base de las comarcas y municipios por lo que las provincias desaparecen. Se reclama la restauración de las antiguas Cortes, en referencia a la situación anterior a los Decretos de Nueva Planta, y plena competencia legislativa para las mismas. Se elegirán por criterios corporativos. También se prevé la creación una organización de justicia propia para Cataluña; competencias en materia de seguridad etc…
Las Bases no tuvieron trascendencia práctica pero fueron consideradas un hito en la fundación del catalanismo político culminando el proceso iniciado con el “Memorial de Greuges” de 1885 y consagraron el predominio de la tendencia conservadora dentro del catalanismo.
Deja una respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.