Hasta tanto que el idioma español sea entendido por todos […] podría adaptarse la siguiente norma: la explicación del Evangelio se haría en lengua regional durante las misas de los días festivos a que, por la hora y la localidad, concurriese mayoría de fieles que se presumiese ignorasen el castellano. También se daría en catalán o vascuence la enseñanza parroquial del Catecismo, en las Parroquías en que concurriera la misma circunstancia; y otro tanto podría disponerse sobre el rezo del Santo Rosario. En todos los demás actos religiosos se utilizaría el castellano.
Epistolari de Josep Carta?á Bisbe de Girona (1934-1963) Read on
Comentarios del compilador
La prohibición databa de 16/2/1939 (Jean Chrétien Ferdinand Hoefer, Nouvelle biographie générale (1861))
Recomendaciones similares se remitieron a juzgados, registros de la propiedad, etcétera. El obispo de Gerona respondió ([ref2635]):