Ensayo de alumbrado de gas en la fachada de la Capitanía General

En la noche de ayer se ha verificado el ensayo de la iluminacion por medio de gas en la hermosa fachada del palacio de la capitania general, sito en el que fue convento de la Merced, á pesar de la calma completa que reinaba en la atmósfera, no ha sido muy viva ni brillante la luz que ha dado en ciertos trozos, quizá por la suma pequeñez de los inumerables agueros, ó por las particulares de aire que estarian detenidas dentro de los conductores; pero orillado que sea este inconveniente, la iluminacion del edificio presentará un magnifico golpe de vista, particularmente en el escudo de armas que lo corona, cuyas formas y blasones marca el gas con perfecta elegancia y curiosa simetraia. Entonces solo faltará el que se ponga en práctica la idea tantas veces anunciada de colocar candelabros á lo largo de la muralla del mar y ejecutar algunas piezas de música escogidas, á lo menos, en las noches de los dias festivos, para que este hermoso paseo fuese en la estacion calorosa el mas delicioso y concurrido, y uno de los embellicimientos mas notables y dignos de la segunda ciudad de España.

Comentarios

Una respuesta a «Ensayo de alumbrado de gas en la fachada de la Capitanía General»

  1. Avatar de Trevor
    Trevor

    Pero, «¿cuándo fue implementado de manera general y de uso práctico? [ref467] recuenta el contrato de 4 años antes:

    En la ciudad de Barcelona á los tres dias del mes de julio del año de mil ochocientos cuarenta y uno. Atendiendo que el Excmo Ayuntamiento Constitucional de la misma como interesado en el progreso de todos los ramos industriales aplicables al pais en procurar por todos los medios la economía posible, y especialmente en el ornato de esta populosa ciudad, concibió en cinco del último diciembre la feliz idea de alumbrar sus calles, plazas, establecimientos, edificios y casas particulares por medio del gas en vez del aceite, para cuya realizacion á mas de haber invitado con fecha ocho del citado mes de diciembre, por medio de los periódicos de la presente ciudad, á sus habitantes á presentar proposiciones con sujecion á ciertas bases, bajo pliego cerrado y dentro un cierto término, dirigió para el propio objeto en nueve de dicho diciembre oficios á los Excmos. Sres. Corregidores Presidentes de las Municipalidades de Lóndres y Paris, y otro en catorce del mismo mes al Sr. Corregidor Presidente de la Municipalidad de Marsella. Atendiendo tambien que despues de diferentes proposiciones, oficios, avisos y escritos que constan en el espediente señalado con el número seiscientos cincuenta y cinco que obra en la Secretaría del Excelentísimo Cuerpo Municipal de esta ciudad, formado con el objeto de procurar la indicada substitucion del sistema del gas al del aceite en el alumbrado público y particular de la misma, aprobó la Excma. Diputacion de esta provincia con ciertas modificaciones que consideró mas del caso y menos restrictivas á la libertad individual la taba que para la competente aprobacion le habia presentado el Excmo. Cuerpo Municipal, y que para conocimiento del público se insertó en los periódicos de esta ciudad del dia veinte y dos de marzo del corriente año, acudieron varios sugetos solicitando tomar á su cargo la obligacion del alumbrado público y particular de la misma por medio del gas : Atendiendo al propio tiempo que la Excma. Diputacion Provincial con oficio que remitió al Excmo. Ayuntamiento Constitucional en veinte y dos del citado mes de abril, manifestó á este que no siéndole posible tomar en consideracion ni menos aprobar las proposiciones presentadas por dicho D. Cárlos Lebon por cuanto no se atenian estrictamente á las condiciones de la espresada taba, volviese á verificarse el remate con arreglo á ellas, por cuyo motivo mediaron entre ambas corporaciones algunas contestaciones: Atendiendo igualmente que zanjadas todas las dudas y dificultades que dieron lugar á ellas, conformándose la Excma. Diputacion Provincial con lo manifestado por el Excmo. Cuerpo Municipal en veinte y seis del citado mes de abril, acordó en veinte y ocho del propio mes que desde luego y sin la menor demora, se procediese á publicar la nueva subasta del alumbrado de que se trata, prefijándose el plazo preciso de ocho dias para la admision de proposiciones, y el consecutivo de nueve para el definitivo remate, con estricta observancia y sujecion á lo demás prescrito en el pliego de condiciones aprobado al intento: Atendiendo que publicado dicho acuerdo en los periódicos de la presente ciudad del dia treinta del referido abril presentáronse dos proposiciones por escrito, la una lirmada por el nombrado D. Cárlos Lebon, y la otra por D. Francisco Reynaud, en vista de las cuales resolvió el Excmo. Ayuntamiento en siete del fenecido mayo admitir la presentada por el último de dichos sugetos, por cuanto se hallaba estrictamente arreglada á la taba sobre mencionada, aprobada por la Excma. Diputacion Provincial; Y atendiendo finalmente que dado conocimiento al público por medio de los periódicos del dia ocho de dicho mes de mayo de la admision de la citada proposicion, como y tambien del señalamiento de dia para la adjudicacion difinitiva del asiento ó prerogativa del alumbrado público y particular de la presente ciudad por medio del gas, llegado aquel procediose con todas las formalidades de estilo y práctica á verificar la tal adjudicacion, que recayó á favor del ya nombrado D. Cárlos Lebon como mejor postor, pues que á mas de sujetarse á todas las condiciones de la taba, obligóse á alumbrar diariamente y de balde una pieza de las Casas Consistoriales, á eleccion del Excmo. Ayuntamiento; con la circunstancia de rebajar un dos por ciento el producto del veinte por ciento que tiene de esceso el alumbrado particular al del público, de que mas abajo se hablará, esto es, que si el veinte por ciento, por ejemplo, importase mil duros rebajará veinte duros á los particulares, y á cada uno en proporcion, segun el importe del gas que tomaren por su cuenta. Por tanto y aprobada por la Excma. Diputacion Provincial segun oficio de diez y nueve del citado mes de mayo dicha adjudicacion ó remate á favor del nombrado D. Gárlos Lebon, los Sres. Concejales D. Cayetano Oliveras, D. José Ballester, Regidores, y D. José Cuyás, Síndico, todos individuos de la seccion segunda del Excmo. Ayuntamiento Constitucional de esta ciudad, elegidos por este con acuerdo del dia veinte y dos del susodicho mes de mayo para la otorgacion y firma de la presente escritura; en nombre y representacion del Excmo. Cuerpo Municipal; de su espontánea voluntad adjudican y conceden por el tiempo de quince años consecutivos, contaderos desde el dia que empiece el alumbrado, segun se espresa en el pacto doce de la taba, á D. Cárlos Lebon, Caballero de la Legion de honor y de la Cruz de Julio, Individuo de la Municipalidad de Diepe, y de la Junta de Comercio de dicha ciudad, propietario, fundador y director del alumbrado municipal con gas de la misma, accidentalmente en esta ciudad hallado, presente y abajo aceptante, á los suyos, y á quien querrá durante dicho tiempo la prerogativa del alumbrado público de ésta ciudad por medio del gas, segun las condiciones aprobadas por la Excma. Diputacion Provincial, que son como sigue:
    [phew]

    De Gas Natural:

    Spain’s interest in natural gas as an energy source began in the first half of the 19th century, when in 1826 professor Josep Roura became the first in Europe to succeed in producing a gas light using gas from coal. Roura was commissioned by then King Ferdinand VII to provide lighting for the Queen’s procession during a celebration in Madrid in 1832. Roura built the country’s first gas plant in Madrid and built a temporary grid of 100 gas-powered streetlights. Following that display, Roura was asked by the royal family to build a gas-powered lighting facility for the royal palace in Oriente.

    The first wide-scale use of gas in Spain came in the 1840s when a group of investors, including Frenchman Charles Lebon, established Sociedad Catalana para el Alumbrado por Gas (SCAG) in order to build a public lighting grid in the city of Barcelona. SCAG quickly attracted investors and by 1845 had become one of Spain’s largest companies. SCAG listed its shares on the Bolsa de Madrid as early as 1853.

    In Madrid, meanwhile, another group of investors, backed by British capital, launched Madrilena por Gas (Gas Madrid) in order to install a gas lighting network in that city as well. That business started up in 1846 and remained one of Spain’s major gas producers and distributors. In 1864, it was joined by another company, Gas Lebon, founded by Charles Lebon.

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