Etiqueta: mar Mediterráneo

  • Llega el embajador judío del califato de Córdoba en una misión de paz y comercio

    This year [328, ie 939/10/18-940/10/5] the Jewish secretary Hasdai bin Ishaq al-Israili … concluded a peace treaty with the Frank, Sunifred, son of [Wilfred], lord of Barcelona and surroundings, under what for al-Nasir li-Din Allah were satisfactory conditions. The latter sent Hasdai bin Ishaq to Barcelona to conclude the above treaty with its lord, Sunifred. It happened that the fleet, led by Ibrahim bin Abd al-Rahman al-Baggani, which had raised anchor in the harbour of Almeria at the end of Rajab [940/5/11], arrived in Barcelona on Sunday the 10th of Shawwal [940/7/19]. On arriving, Hasdai let them know that he had concluded peace with its lord, Sunifred. In this fashion they were spared war, and the fleet left the harbour of Barcelona the same day.

    Hasdai proposed to other notables [who found themselves in Barcelona] that they should submit to the suzerainty of al-Nasir li-Din Allah, and that they should conclude peace with him. Some of his kings [ie lords] accepted this, such as Hugh …, one of their leaders, who had his seat in Arles …, who had sent a delegation in his name to the capital [Barcelona], to request safe conduct, so that traders from his land who so wanted could go to al-Andalus. This was granted, and the treaty was sent to Nasr bin Ahmad, governor [alcaid] of Fraxinetum … and to the governors of the Balearics and other coastal harbours of al-Andalus. Thus was guaranteed to those from the lands of Hugh …, and those from other communities included in the peace treaty their lives and wealth, and also all contents of their ships in such fashion, that they could dispose of their trade as they saw fit. From that moment their ships arrived in al-Andalus with much profit.

    Riquilda, daughter of [Wilfred II] Borrell … and mistress of diverse Franks, followed the path of Hugh … regarding peace with al-Nasir li-Din Allah, and sent him a Jew … B.rnat al-Israili, her counsellor, with wonderful curiosities from various parts of her land. [When al-Nasir received them], he accepted them and presented her with others of even greater value, thereby honouring her envoys.

    Then, with everything resolved, the Jew Hasdai ben Ishaq left Barcelona to return to al-Nasir li-Din Allah towards the end of Dhu al-Qi’dah [940/9/6]. He was accompanied by Gotmar, envoy of Sunifred, in accordance with the conditions agreed. The first of these was that [Sunifred] would cease to provide help to any Christians whatsoever, who had not accepted the suzerainty of al-Nasir li-Din Allah, thus accepted his peace and seeking for his pleasure. In addition, he was forced to undo the relationship he had with Garcia, son of Sanchez …, lord of Pamplona, to whom Sunifred had married his daughter, a marriage that he annulled out of obedience to the Caliph.

    He also guaranteed that all neighbouring [lords] who depended on him would also participate in the peace. Al-Nasir kept his word to Sunifred and ordered the coastal governors and the commanders [alcaids] of the fleet to steer clear of his lands and to leave the people of his land in peace. Al-Nasir respected the treaties with Sunifred and maintained peace with him, with Sunifred … and with the sons of both for two whole years, and he bore solemn testament to this in his court on Wednesday the 12th of Dhu al-Hijjah [940/9/18].

  • Masacre de Almorávides cerca de Castelldefels

    Whilst the Count of Barcelona was pursuing the Course of his memorable and glorious Victory [the taking of Mallorca], with the greatest Success; his Joy was allay’d by the News of the Hagarens [Almoravids] having invaded his Lands, and having wasted them with incredible Fury, and had even laid Siege to Barcelona. He resolv’d to return to his own Countrey, in order to suppress the Pride of these Barbarians, tho’ with Intention to put an end afterwards to the Conquest [of the rest of the Balearics]. Mean while he recommended the Island to the Genouese; and to make surer of their Friendship, he honour’d them with the Arms of Barcelona, being the Red Cross of St. George on a White Field, and the Name of that Saint in Battel.

    Having landed betwixt Llobregat and Castle de Fels, (in Catalonia) he fell upon the Moors, who had now rais’d the Siege of Barcelona, and made such a Slaughter of them that the River Llobregat run with Blood as far as the Sea. Whilft the Count was overjoy’d with this good Success, there arrives a Saetia from Majorca, with Advice that the Genouese had sold and deliver’d up the City to the Moors. This oblig’d him to return to the Island; and once more he reduc’d them; so being loaded with Spoils, and particularly carrying along with him a Multitude of Christian Captives, he enter’d Barcelona victorious and triumphant.

  • Real cédula de Jaime I autorizando la Carta consulatus riparte Barchinone

    Fecha de la real cédula del rey D. Jaime I autorizando las ordenanzas de los prohombres de mar, primer código marítimo conocido de Europa.

  • Muere Pedro III de Aragón

    After Alfonso had left him, Peter III of Aragon, conscious that his illness was mortal, and anxious solemnly to exculpate himself from the guilt of the war carried on against the Pope, as Charles of Anjou had done on his death-bed from that of the war kindled by the Pope, summoned the Archbishop of Tarragona, with the Bishops of Valencia, Huesca, and other prelates and barons; and in their presence declared that it was not in hostility to the Holy See, but in pursuance of his rights that he had taken possession of the kingdom of Sicily; that he had not merited the excommunications of Martin, but had submitted to their observance as became a Christian; and now being about to appear before the judgment-seat of God, he asked absolution from the archbishop, promising that should he recover, (and here he again had recourse to equivocal expressions,) he would render obedience to the supreme Pontiff, according to right, and present himself before him either in person or by ambassadors. This he confirmed by an oath, and the archbishop granted him absolution. Having been admonished to forgive his enemies, he gave orders for the liberation of his prisoners, not including, however, those of high degree. He left unaltered the will which he had made in 1282, at Port Fangos. He confessed himself aloud to two monks, then with great difficulty he rose from his bed, trembling and scarce able to stand, dressed himself, and kneeling down, weeping and inwardly praying, received the eucharist. He was informed of the surrender of Gerona and of the arrival of Charles from Sicily when only a glimmering of consciousness yet remained to him, and was unable to utter a word in reply ; but he folded his arms in the form of a cross, raised his eyes to heaven, and expired on the 10th of November, 1285. [Conventional date and location are 2/11/1285, Vilafranca del Penedès]

    Such was the end of Peter of Aragon. He died at the age of forty-six, in the prime of mental and bodily vigour, and at the summit of his fortune; for he beheld the host of France dispersed; the King of Majorca humbled; Charles of Anjou, Philip the Bold, and Pope Martin departed this life ; the new King of Naples in his power ; that kingdom in confusion ; Sicily submissive and secure ; his fleet mistress of the Mediterranean; and his own power so much increased by the fame of victory, that he was able everywhere to keep in check even his own rebellious subjects.

  • Hambre grandísima y subida de precios, peste

    Hambre grandisima hubo en Barcelona á 15 de Abril de 1333, de modo que subió la quartera del trigo á 42 libras, la de cebada á 24, la de espelta á 13, la de arroz blanco á 31 libra, y la del panizo y mijo á 28 libras. Duró dos meses y ocho dias, hasta que llegaron diez laúdes de Tortosa cargados de trigo, y de Sicilia 4 naos, la de la Ciudad, la de N. Agustí, la de N. Abadía, y la de Nicolao Sala.

    Aquel año hubo tambien grandes mortandes en Barcelona, donde murieron en poco tiempo el número de 100 personas, y hubo casa donde no quedó ningun vivo.

  • Pedro del Punyalet sale para tomar Mallorca

    El rey D. Pedro del Punyalet sale al frente de una escuadra para apoderarse de la isla de Mallorca.

  • Se ahogan 60 personas al hundirse un barco procedente de Génova

    Tempestad marina en las costas de Barcelona, donde se hunde un barco procedente de Génova y fallecen 60 personas.

  • Pedro IV autoriza construcción de la Lonja

    En 1390 aun no habia Lonja en Barcelona, como se desprende de otro real privilegio que el mismo don Pedro dio á 14 de marzo, y que empieza asi: «Nos en Pere per la gracia de Deu, Rey d’Aragó etc. Attenents que en la ciutat de Barchelona, jatsiá gran é insigne Ciutat, é situada en marítima, é en la cual ha molts Navegants é Mercaders, es fan moltes feynes de mercaderia, no ha Lotje convinent ne bona etc. Perço, á suplicacio de vosaltres feels é amats nostres los Concellers é Prohomens de la ciutat de Barchelona, per profit é bon estament de la dita Ciutat, otorgam per tenor de la present á vosaltres que en la ribera de la mar de la dita Ciutat, ó en aquell loch ó partida de la dita Ciutat on á vosaltres será vist mil sesser faedor, puscats edificar é fer Lotje á ops dels Consols de la mar é dels navegants é mercaders asi de la dita Ciutat com estranys, qui en la dita ciutat concorrent, ab aquelles cases, edificis, é lochs qui á la Cort dels dits Consols é a semblants Lotjes se pertany. = Item que en aquells loch ó lochs de la dita ribera, on á vosaltres será mils vist, puscats construir etc.

    En 1382 por real decreto dado á 3 de julio se mandaron quitar las horcas que estaban colocadas en la Ribera del mar de Barcelona á fin de dejar el sitio espedito para la obra de la Lonja que iba á empezarse.

    Se empezó por fin en 1383 la fábrica de la casa del Consulado del comercio, que 44 años antes se habia proyectado; y se construyó en la mencionada plaza de los cambios, en terreno propio de la casa de Moncada.

    La primitiva Casa lonja consistió en un edificio singularisimo gótico, con un magnífico salon de 3 altas y espaciosas naves, que en memoria de su suntuosidad se conserva aun al piso del suelo y en el que se admira la gentileza de todas sus partes, y sobre todo una suma solidez.

  • Llega Alfonso V de Aragón después de sus aventuras italianas

    Llega viniendo de Nápoles con treinta y dos galeras el rey D. Alfonso IV de Barcelona.

  • Primeras ordenanzas sobre seguros marítimos conocidas en el mundo

    ORDENANZAS DE LOS MAGISTRADOS MUNICIPALES DE BARCELONA SOBRE ACTOS MERCANTILES.

    Publicadas en 21 de Noviembre del año de 1435, insertas en el Libro vulgarmente llamada del Consulado, y traducidas nuevamente del original catalan al castellano.

    OYGAN todos. De orden de los honorables Mossen Guillen de Sant Climent, cavallero, Veguér de Barcelona, y de Mateo Desvalls Bayle de dicha ciudad, es á saber, de cada uno de ellos en quanto toca á su jurisdiccion. Ordenaron los Concelleres y Prohombres de dicha ciudad, para favorecer y arreglar el estado de las embarcaciones y del comercio:

    I. Que de hoy adelante, todos y qualesquiera patrones de baxeles de porte de quinientas salmas (1500 quintales) arriba, deberán tener y llevar a bordo escribano jurado, al qual harán jurar lo que previene el capítulo del Consulado, y que observarán las ordenanzas siguientes. Por manera, que sin escribano jurado no puedan ser navegadas ni patroneadas dichas embarcaciones, ni tampoco pueda actuar algun escribano si no fuere jurado. Y si hiciesen lo contrario, no podrán devengar ni percibir salarios de sus oficios de patronía, ni de escribanía.

    II. Que de aqui adelante de todos y cada uno de los cambios ó préstamos, hechos y dados á riesgo de mar, se hayan de formalizar escrituras públicas y auténticas: por manera, que de lo contrario, no se hará execucion ni pago por préstamo dado á riesgo de mar, como se expresa, si no consta por dichas escrituras.

    En estas han de firmar dichos patrones, y los escribanos si los hay, que lo consienten: confesando todos baxo de juramento, que aquellas cantidades que se dan á cambio ú otro contrato á riesgo de mar, se han tomado verdaderamente, todo fraude cesante, para alguna urgencia, ó necesidad, ó habilitacion de aquel bastimento, y expresando en la escritura qual fuese esta urgencia, necesidad, ó la habilitacion; y que llevarán cuenta separada en el libro de la nave, de toda necesidad, gasto, ú habilitacion que socorran en qualquiera lugar ó parage de donde partan para hacer ó continuar su viage: asi que los prestadores de tales cambios ó contratos puedan saber y manifestar, si fuese menester, en qué objeto de necesidad, ó urgencia, ó habilitacion se hayan empleado e invertido aquellos cambios, ó préstamos, ó se deban verdaderamente invertir, todo fraude cesante, por los dichos patrones ó escribanos: los quales estarán obligados á guardar y cumplir á la letra las ordenanzas de Barcelona y capitulos del Consulado, en la parte que toca á cada uno de ellos.[1]

    Y si lo contrario hacen, no podrán percibir ni ganar sueldo alguno de sus oficios de patronía ni de escribanía; ántes serán aplicados á los otros accionistas del buque. Y además los escribanos de dichas embarcaciones, incurrirán en las penas contenidas en los capitulos de Consulado: y tambien los patrones contraventores quedarán obligados en bienes y persona por tales cambios y contratos, aunque los bastimentos se perdiesen en aquel caso; á menos que mostrasen legítimamente ante los Consules del mar, en su juzgado, que tales cambios ó contratos habian servido ó hayan de servir verdaderamente, todo fraude cesante, para la habilitacion ó socorro de aquellos baxeles.

    III. Que de aqui adelante, todos y cada uno de los cambios ó contratos, dados ó hechos á riesgo de mar en qualesquiera embarcaciones, los quales como sea en la manera sobredicha, mientras sean dados y tomados para una misma urgencia, necesidad, ó habilitacion en un mismo parage ó lugar (aunque en los tales cambios ó contratos haya diferencia de tiempo; esto es, que unos sean dados los primeros, y otros los ultimos, ó antes ó despues, ó mas lejos ó mas cerca); han de ser graduados y pagados de dichas embarcaciones, ó de sus fletes, ó ganancias, y en su falta de los bienes del patron ó de otros obligados, contando y repartiendo con igualdad aquellos cambios y contratos á sueldo y á libra, sin prioridad de tiempo ni mejoría de derecho.

    IV. Que de aqui adelante, ningun patron, ni otro por él, pueda pagar, dar, ni distribuir de los fletes ganados, ó que se hayan de ganar en un mismo viage con la nave por todo aquel viage, cantidad alguna por razon de cambios ni creditos del buque que patronea, en perjuicio del sueldo debido ó perteneciente á la tripulacion y á los alistados de dicha embarcacion por todo aquel viage. Y si lo hiciere el patron, responderá con sus bienes á dar cumplimiento á las pagas debidas por todo aquel viage á la tripulacion y alistados.

    V. Que todos y cada uno de los marineros, sirvientes, y alistados de una embarcacion, que despues de haber recibido préstamo, señal, ó paga, rehusen seguir el viage de aquella sin justa causa, segun capítulo de Consulado; no solo pierdan dicho préstamo, señal, ó paga, segun previene aquel capítulo, sino que además deberán restituir al patron el doble de lo que hayan recibido de aquel viage: y si los sirvientes no pueden pagar el doble, serán azotados en Barcelona.

    VI. Que todos y cada uno de los marineros, sirvientes, y alistados, mientras estén en el viage, hayan de servir en el bastimento en que se ajustaron, no saliendose ni ausentandose de él, de noche ni de dia, sin licencia expresa del patron, ó del contramaestre, ó del escribano, baxo la pena de perder las soldadas que se les estén debiendo; y si algo hubiesen recibido, baxo la de restituir al doble todo lo que recibieron quedando al arbitrio del patron, el tener y dar á tales marineros, sirvientes, ó alistados, por desertores, y despedirles la vez que contravengan; pero los sirvientes incurrirán además en la pena de azotes.

    VII. Que todos y cada uno de los marineros, sirvientes, y alistados, se recojan en la embarcacion en que se hayan ajustado, con sus armas y fornituras, habiendo tomado préstamo, señal, ó paga, siempre que esté el buque para partir al viage, ó que por recelo de mal tiempo, ó por otro motivo tenga que zarpar de su surgidero donde quiera que estén, siendo antes requeridos por el patron, ó por el escribano, de palabra, ó que haya tocado la bocína realmente á recoger: baxo la pena de azotes á los sirvientes, y á los marineros y otros alistados de cien sueldos por cada vez, los quales se pueden descontar del pago de sus soldadas.

    VIII. Que todos y qualesquiera marineros, sirvientes, y alistados, al regresar de viage con su embarcacion á la playa de Barcelona, ó á la costa; hayan de permanecer y servir en aquel buque á voluntad y á la orden del patron, y acompañarle hasta que él los licencie, baxo la multa de cien sueldos.

    IX. Que todos y cada uno de los patrones y escribanos de embarcacion construida de nuevo en la grada, ó comprada ya hecha, antes que partan al viage, hayan de finalizar y cerrar las cuentas y libros del coste de la construccion del buque y de sus aprestos: las quales cuentas y libros dexarán en Barcelona en poder de los accionistas, ó de otra persona á su voluntad, en cuyos documentos los dichos patrones y escribanos deben escribir y continuar las partidas de las acciones que cada accionista haya puesto, y las que queden por completar de cada uno. Y si lo contrario hicieren, no podrán devengar ni cobrar sueldo ni salario de sus oficios de patronía ni de escribanía, ni ponerlo en la cuenta á accionista alguno del buque.

    X. Que todos y cada uno de los patrones y escribanos deban en cada viage ajustar cuentas con sus accionistas de todos los fletes, utilidades, provechos, y ganancias del buque, segun previene un capítulo de Consulado, y dar y presentar á cada uno de los accionistas, escritos y facturas de los beneficios y ganancias que les toquen de aquel viage, manifestando y comunicando á cada uno á su voluntad los libros y cuentas de la embarcacion, ó bien á una tercera persona de la qual se convengan. Y en caso que no puedan ó quieran convenirse, dichos libros y cuentas, á instancia de qualquiera accionista, se presentarán en poder de los Consules ó del sugeto ó sugetos que estos elijan, los quales tendrán facultad de calcular y definir aquel libro ó cuentas; pero de suerte, que antes que el patron y el escribano puedan hacer otro viage con dicha embarcacion, ó devengar y ganar sueldo en ella, deben haber dado la conclusion y finiquito de dicho libro y cuentas, y pagado lo que se debiere de aquel viage á los accionistas del buque por sus partes.

    XI. Que todos y cada uno de los patrones y escribanos, antes que partan para hacer su viage hayan de manifestar las embarcaciones á los Consules del mar, ó á los sugetos que estos elijan para el reconocimiento, para ver si son navegables, carenadas, amarinadas, pertrechadas, y estancas, como se debe y corresponde. Y si lo contrario hicieren, no podrán devengar ni ganar sueldo alguno de su oficio de patronía ni de escribanía por todo aquel viage. Pero en el caso que se haga aquella revista y reconocimiento, si los Consules vieren y reconocieren alguna falta en el buque; se podrá por ellos dar providencia, mediante consejo de expertos, á cargo de quienes toque, para la conservacion y utilidad de la causa pública.

    XII. De estas penas pecuniárias se deben hacer tres partes iguales; la una para el juez executor; la otra para el denunciador; y la otra restante, para la obra de los muros y fosos de la presente ciudad.

    Resérvanse pero dichos Concelleres y Prohombres: que si en la presente ordenanza y bando hubiese algunas cosas obscuras ó dudosas, ellos ó sus succesores puedan enmendarlas, declararlas, é interpretarlas quantas veces quieran á su discrecion.

    1. [1]El objetivo principal de este reglamento era prevenir el abuso de los contratos haciendo uso de sobreseguros, donde el valor del objeto asegurado es inferior al capital asegurado, así evitando la participación de los propietarios en las pérdidas.
  • Expulsión de los judíos impenitentes

    En 1492 se fueron todos los judíos que no quisieron convertirse al cristianismo. Su marcha fue recogida de la siguiente manera en el Dietario de la Diputación del General:

    1492. Agost. Dijous a II. Jueus. Entraren e surgiren en la plaia de Barchinona una gran nau de Rodes […] e una galeassa grossa de França e VIII entre nauetes e galeons, totes carreguades de juheus que exien de Aragó, de València e de Cathalunya e eren·se enbarchats part en Tortosa e part en Tarragona, exints de dites terres per manament de la maiestat del senyor rey. Restaren·ne en Barchinona circa de XX qui·s faheren christians; los altres ab dites fustes se·n anaren la via de Levant e entre tots eren passats deu mil juheus entre homens, dones e enfants.

  • Sale Ignacio de Loyola para Tierra Santa con algo de bizcocho, dejando su cueva manresana, a sus amigas espirituales, y unas monedas que encontró en la playa

    34. Veniendo el invierno, se infermó de una enfermedad muy recia, y para curarle le ha puesto la cibdad en una casa del padre de un Ferrera, que después ha sido criado de Baltasar de Faria; y allí era curado con mucha diligencia; y por la devoción que ya tenían con él muchas señoras principales, le venían a velar de noche. Y rehaciéndose desta enfermedad, quedó todavía muy debilitado y con frequente dolor de estómago. Y así por estas causas, como por ser el invierno muy frío, le hicieron que se vistiese y calzase y cubriese la cabeza; y así le hicieron tomar dos ropillas pardillas de paño muy grueso, y un bonete de lo mismo, como media gorra. Y a este tiempo había muchos días que él era muy ávido de platicar de cosas espirituales, y de hallar personas que fuesen capaces dellas. Ibase allegando el tiempo que él tenía pensado para partirse para Hierusalem.

    35. Y así al principio del año de 23 se partió para Barcelona para embarcarse. Y aunque se le ofrecían algunas compañías, no quiso ir sino solo; que toda su cosa era tener a solo Dios por refugio. Y así un día a unos que le mucho instaban, porque no sabía lengua italiana ni latina, para que tomase una compañía, diciéndole quánto le ayudaría, y loándosela mucho, él dijo que, aunque fuese hijo o hermano del duque de Cardona, no iría en su compañía; porque él deseaba tener tres virtudes: caridad y fe y esperanza; y llevando un compañero, cuando tuviese hambre esperaría ayuda dél; y cuando cayese, que le ayudaría a levantar; y así también se confiara dél y le ternía afición por estos respectos; y que esta confianza y afición y esperanza la quería tener en solo Dios. Y esto, que decía desta manera, lo sentía así en su corazón. Y con estos pensamientos él tenía deseos de embarcarse, no solamente solo, mas sin ninguna provisión. Y empezando a negociar la embarcación, alcanzó del maestro de la nave que le llevase de valde, pues que no tenía dineros, mas con tal condición, que había de meter en la nave algún biscocho para mantenerse, y que de otra manera de ningún modo del mundo le recibirían.

    36. El cual biscocho queriendo negociar, le vinieron grandes escrúpulos: ¿esta es la esperanza y la fe que tu tenías en Dios, que no te faltaría? etc. Y esto con tanta eficacia, que le daba gran trabajo. Y al fin, no sabiendo qué hacerse, porque dentrambas partes veía razones probables, se determinó de ponerse en manos de su confesor; y así le declaró quánto deseaba seguir la perfección, y lo que más fuese gloria de Dios, y las causas que le hacían dubdar si debría llevar mantenimiento. El confesor se resolvió que pidiese lo necesario y que lo llevase consigo; y pidiéndolo a una señora, ella le demandó para dónde se quería embarcar. El estuvo dudando un poco si se lo diría; y a la fin no se atrevió a decirle más, sino que venía a Italia y a Roma. Y ella, como espantada, dijo: «¿a Roma queréis ir? pues los que van allá, no sé cómo vienen»: (queriendo decir que se aprovechaban en Roma poco de cosas de espíritu). Y la causa por que él no osó decir que iba a Hierusalem fue por temor de la vanagloria; el cual temor tanto le afligía, que nunca osaba decir de qué tierra ni de qué casa era. Al fin, habido el biscocho, se embarcó; mas hallándose en la playa con cinco o seis blancas, de las que le habían dado pidiendo por las puertas (porque desta manera solía vivir), las dejó en un banco que halló allí junto a la playa.

    37. Y se embarcó, habiendo estado en Barcelona poco más de veinte días. Estando todavía aún en Barcelona antes que se embarcase, según su costumbre, buscaba todas las personas espirituales, aunque estuviesen en hermitas lejos de la cibdad, para tratar con ellas. Mas ni en Barcelona ni en Manresa, por todo el tiempo que allí estuvo, pudo hallar personas, que tanto le ayudasen como él deseaba; solamente en Manresa aquella muger, de que arriba está dicho, que le dijera que rogaba a Dios le aparesciese Jesu Cristo: esta sola le parescía que entraba más en las cosas espirituales. Y así, después de partido de Barcelona, perdió totalmente esta ansia de buscar personas espirituales.

    38. Tuvieron viento tan recio en popa, que llegaron desde Barcelona hasta Gaeta en cinco días con sus noches, aunque con harto temor de todos por la mucha tempestad. Y por toda aquella tierra se temían de pestilencia; mas él, como desembarcó, comenzó a caminar para Roma. De aquellos que venían en la nave se le juntaron en compañía una madre, con una hija que traía en hábitos de muchacho, y un otro mozo. Estos le seguían, porque también mendicaban. Llegados a una casería, hallaron un grande fuego, y muchos soldados a él, los cuales les dieron de comer, y les daban mucho vino, invitándolos, de manera que parecía que tuviesen intento de escallentalles. Después los apartaron; poniendo la madre y la hija arriba en una cámara, y el pelegrino con el mozo en un establo. Mas cuando vino la media noche, oyó que allá arriba se daban grandes gritos; y, levantándose para ver lo que era, halló la madre y la hija abajo en el patio muy llorosas, lamentándose que las querían forzar. A él le vino con esto un ímpetu tan grande, que empezó a gritar, diciendo: «¿esto se ha de sufrir?» y semejantes quejas; las cuales decía con tanta eficacia, que quedaron espantados todos los de la casa, sin que ninguno le hiciese mal ninguno. El mozo había ya huído, y todos tres empezaron a caminar así de noche.

  • Llega Carlos I de las guerras italianas

    Cárlos I el emperador llega en posta desde Palamós en donde habia desembarcado el dia antes viniendo de levante.

  • Un marinero jura que Nuestra Señora de Montserrat le salvó los cojones

    De uno librado de una fusta de moros y de otros peligros. Milagro 276.

    Simeon Creus vezino dela Ciudad de Barcelona a 3 de Hebrero mil y quinientos cincuenta y quatro, llego aesta sancta casa, y afirmo con juramento que partiendo de Barcelona para yr a Caliz en una Nave mediana, les acometio una fusta de moros de xxij bancos y haciendo los de la nave armas en su defensa, el dicho Simeon, encomendandose a nuestra Señora de Montserrate, como lo tenia por particular devocion: acaescio que dandole una pelota de un mosquete en un muslo, y passandole otra pelota de cañon por entre las piernas, de ninguna recibio daño, de lo qual dando infinitas gracias ala Reyna delos Angeles. Libre de aquel peligro, traxo la pelota a esta sancta casa. Testigos fueron el padre fray Antonio Bernach y fray Pedro de Medina.

  • Celebración del levantamiento del sitio de Malta

    Cántase un Te Deum y se hace procesion solemne con motivo de haber los turcos levantado el sitio de Malta despues de perder mucha gente.

  • Juan de Austria llega desde Madrid para reunirse con la flota de Lepanto

    Entra D. Juan de Austria procedente de la corte para pasar á levante.

  • Nuestra Señora de Montserrat salva a siete pescadores de los moros

    De una sagetia o barco que milagrosamente fue librado de una fusta de moros que la invistio. Milagro 307.

    A 29 de Iulio del año de 1571 navegando para Tortosa Damian Mares marinero dela ciudad de Barcelona y patron de una sagetia o barco en la qual yvan los compañeros siguientes Iuan Palau, Miguel Canps, Montserrate Iacobo Galibaldo, y Gaspar Marillos y otros, y estos cinco vinieron a esta sancta casa los quales juraron sobre los quatro sanctos evangelios como navegando segun esta dicho en la dicha de Barcelona para Tortosa les salio una fusta de moros de una cala que se llama del torno cerca de sant Iorge y les envistio y estuvo tan cerca que tres vezes quiso afferrar a la dicha sagetia, porque los moros eran treynta, y seys o quarenta poco mas o menos y viendo que no se podian deffender los de la dicha sagetia y que estavan ya muy rendidos acordandose de los milagros de nuestra Señora de Montserrate y lo que para sus devotos alcança de su unígenito hijo, y assi acordaron de cortar el esquise y de un coraçon suplicaron a nuestra Señora de Montserrate que les ayudasse en tal peligro, que ellos prometia de venir a esta sancta casa y offrescerle un cirio de cera y acabado de hazer el voto fue cosa maravillosa que la fusta luego se hizo alargo y aparto y les dexo libres y no fueron heridos los siete christianos que yvan en la sagetia sino tres, y destos ninguno peligro antes en breve tiempo fueron sanos, y ellos mataron quatro moros y hirieron a otros, y vinieron a esta sancta casa a dar gracias a nuestra Señora por la merced que les avia hecho y tan milagrosamente librados por intercession de nuestra Señora de Montserrate, y assi lo testificaron en poder de mi Francisco Vallonga notario en presencia de fray Iuan Navarro, y fray Antonio de Sedaño donados desta sancta casa.

  • Llegan noticias de Lepanto. Inscripciones flamencas en el bastón de mando de Juan de Austria, y su culto local

    Llega la noticia de la victoria alcanzada por D. Juan de Austria contra los turcos en la gran batalla naval de Lepanto.

  • Nuestra Señora de Montserrat salva a cuatro pescadores de los moros

    De como se libraron unos pescadores de 4 fustas de moros. Milagro 309.

    A 16 de Agosto año 1572 vinieron a esta sancta casa de nuestra Señora de Montserrate Simón torrente Patron y Bernat Iuanot y Antonio Calvete, y Iuan Custurer naturales dela ciudad de Barcelona, los quales juraron que estando pescando enel estaño de Zeniclar les salieron 4 fustas de moros y les dieron caça dos horas y como se viessen puestos en tan gran aprieto y que humanamente no se podian salvar de las dichas fustas acudieron al socorro divino, tomando por intercessora ala madre de Dios de invocacion de Montserrate les quisiesse ayudar. En la misma hora huyeron los moros a la mar, y los sobredichos se salieron en tierra salvos, y vinieron a esta sancta casa a dar gracias por esta crecida merced que de nuestro Señor avian recebido, mediante la intercession dela virgen sancta Maria nuestra Señora. Fueron testigos a esta confession los padres fray Guido Barra, fray Simón de sancta Cruz, y otros padres.