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  • Entrada triunfal del general Espartero, dispuesto a salvar el país de la Ley de Ayuntamientos y de María Cristina de Borbón

    Romance XV.

    No bien Valdés del estrado
    Ha salido, que tras él
    Por la gran puerta golpeado
    Se ha estremecido el dintel
    Y hasta el arteson dorado.

    Libre respira Cristina,
    Quedando solo los tres
    Cuyo proyecto adivina,
    Y cual sierpe la fascina
    El embajador frances.

    Que este, en nombre de su rey,
    Para abatir la arrogancia
    De Espartero, con jactancia,
    Aunque lo impida la ley,
    Promete ausilios de Francia.

    Y mientras los cuatro están
    Arrancando á la nacion
    La santa Constitucion
    Que se compró con su afan,
    Con sangre del corazon;

    En un corcel caballero,
    Corcel hermoso y de brio,
    En Barcelona Espartero
    Entra en medio de un jentío
    Que le acoje placentero.

    Hace su entrada triunfal
    Y la concurrencia es mucha,
    Y un aplauso universal
    Saluda al gran jeneral
    Que puso fin á la lucha.

    Pacificador de España
    Le llama el pueblo afanoso,
    Y á caballo le acompaña
    Linaje, su laborioso
    Secretario de campaña.

    Rebullendo en el camino,
    Movido de sus deseos,
    Forma el pueblo un torbellino,
    Sin temer los escarceos
    Del ferrado granadino,

    Que va marchando de lado
    Entre aquella multitud
    Y concurso alborozado,
    Que muestra al héroe esforzado
    Su entusiasmo y gratitud.

    Y aunque es este en el mirar
    Muy aterrador y fiero,
    Pues si no tuviese acero,
    Los ojos para triunfar
    Le bastarán á Espartero.

    Cuando en su torno sumisa
    A la multitud contempla,
    Cual calma el sol una brisa,
    Sus fieras miradas templa
    Una apacible sonrisa.

    Los vítores oye ufano
    De la jente entusiasmada;
    Do quier halla un ciudadano
    Que quiere besar su mano
    O que bendice su espada.

    Tiene el sol mil reverberos
    En las corazas bruñidas
    De los bravos coraceros
    Y en las cien lanzas temidas
    De cien valientes lanceros.

    Vestidos de azul y grana
    Húsares de la princesa
    Van junto á los de Luchana,
    Cuya barba luenga, espesa,
    Llena de polvo, amilana.

    En pos del héroe triunfante
    Marchan todos muy despacio,
    Y el caballero arrogante
    Detiene el bridon delante
    De las puertas de palacio.

    Allí se para y se apea,
    Y no percibe embebida
    Cristina y su negra idea
    A la turba enardecida
    Que al guerrero vitorea.

    – ¿Quien dicta al pueblo la ley?
    Dice Muñoz altanero,
    ¿Quien en España es el rey?
    ¿Es Cristina ó Espartero?
    – Callad; rejente soy yo.
    – Pues bien, si sois la rejente
    Sancionad….. – No quiero, no
    Que no lo juzgo prudente.
    – ¿Ante Espartero temblaís?
    ¿Reina rejente os decís?
    Si; sois reina y no reinais…
    Sois rejente y no rejis.-
    Luego el frances altanero
    Esclama con arrogancia:
    – Si tropas tiene Espartero
    Tropas tiene el rey de Francia.
    Si mas que vuestro deseo
    Puede un soberbio soldado,
    Pronto estará el Pirineo
    De franceses coronado.
    Nada temais; sancionad
    Esta ley de Ayuntamientos
    Tan necesaria… – Aguardad
    – Son preciosos los momentos.
    Esté, cuando el duque llegue,
    El proyecto sancionado,
    Y dejad despues que os niegue
    Su apoyo tan decantado.
    – ¿Y el pueblo? – Se le encadena
    Con vuestra tropa muy bien,
    No debe eso daros pena.
    – Y si la tropa tambien…
    Jamas, jamas… – ¡Vive Dios!
    ¿Sabeis lo que son soldados?
    ¿Quien da los empleos? vos;
    Conferid algunos grados
    etc etc

  • La Jamancia: instalación de la Junta Suprema, huida de refugiados

    (Domingo).

    Pasóse toda la mañana en espectacion y sin que se rompiesen las hostilidades.

    Á las cinco de la tarde llegó el vapor Mallorquín que habia salido el dia antes con uno de los hermanos Milans á buscar tropa de refuerzo en Tarragona. Al instante salieron los de la Blusa capitaneados por Castells y Torras y Riera, dirigiéndose hacia la Barceloneta á fin de impedir el desembarque ó hacer prisioneras las compañías que venian en el citado vapor.

    En vista de esto la Ciudadela disparó algunos metrallazos contra los Centralistas ó jamancios, enviando algunas partidas, entre ellas los guias de Prim para que se apoderasen del fuerte de la Linterna á fin de proteger el desembarque de la tropa; operaciones que lograron aquellos llevar á cabo con su acostumbrado arrojo y apesar de la obstinada resistencia que por parte de los Jamancios se les opuso y á quienes costó la pérdida de algunos hombres. Apesar de todo no pudiendo el vapor Mallorquín verificar el desembarque que intentaba por el vivo fuego que se le hacia tanto desde el muelle, como desde la muralla del mar y atarazanas, tuvo que salir y poner la gente en tierra mas allá del fuerte de D. Cárlos, apoyado por el vivo fuego de la tropa que se habia apoderado de parte del muelle, y el de cañon de la Ciudadela.

    A las seis de esta misma tarde se instaló por sí misma una Junta suprema compuesta de las personas siguientes: D. Antonio Baiges, presidente; D. José María Bosch, D. Vicente Soler, D. Rafael Degollada, D. José Vergés, D. José Massanet, D. Juan Castells, D. Agustin Reverter, y D. José María Montañá, secretario.

    A poco de constituida esta Junta, que si tituló Provisional, se dirigió á los habitantes de esta Provincia, invitándoles á que permaneciesen fieles á la bandera enarbolada y haciéndoles esperar que los demás pueblos secundarían su alzamiento, remitiendo igual invitacion á los ayuntamientos, por medio del siguiente oficio.

    La adjunta proclama enterará á V. de la constitucion de esta Junta y el lema que ha enarbola do al solo objeto de salvar la Constitucion repeti das veces infringida por el gobierno de Madrid; gobierno que ha desoído las justas y repetidas peticiones de varias provincias para la reunion de la Junta Central, condicion sin la que no puede apellidarse tal gobierno.

    Para conseguir el fin indicado ha contado esta Junta con la cooperacion de V., Municipalidad y M. N. de esa, esperando que al recibo de la presente, consultará la opinion del Cabildo y fuerza física y procederá al nombramiento de una Junta provisional de partido ausiliar de esta, que luego de pasados los primeros momentos ya se nombrará con toda la latitud posible, y se procederá luego al nombramiento de la efectiva Suprema.

    Esta Junta espera que V. se servirá acusarle recibo de la presente, y le dará cuenta del resultado con la prontitud posible.

    Dios etc.= Sr. Alcalde constitucional de

    Además de esta disposicion de dicha junta, y de otra en que se nombraba al Coronel D. Antonio Baiges gefe principal de las fuerzas que existían en esta ciudad, y para segundo al comandante de francos, D. Francisco Riera, se publicaron una proclama á los Españoles, firmada por el citado Baiges y D. Agustin Reverter; otra álos Nacionales, Barceloneses y liberales por el mismo Riera, y otra á los soldados del regimiento de la Constitucion por D. Isidro de Nieva, oficial del mismo cuerpo, cuyos escritos dejamos de publicar, por carecer de novedad, y á fin de no tener que entorpecer á cada paso con ellos la marcha de los acontecimientos.

    En la noche del 3 al 4 las tropas del Gobierno se hicieron fuertes en la Barceloneta y muelle, y los Centralistas se apoderaron del Baluarte del medio dia poniéndolo en estado de defensa. La emigracion ha sido espantosa en estos dos días.

  • Bando: al fallar de nuevo el alumbrado público de gas, los vecinos deben poner luces en los balcones y ventanas

    Al quedar en la noche de ayer repentinamente á oscuras las principales calles, paseos y otros puntos de esta Capital, que se alumbran por el gas, todas las Autoridades dictaron inmediatamente las medidas oportunas y la Empresa del alumbrado acudió luego á poner candilejas con aceite en los faroles, quedando asi restablecida luego en una gran parte la iluminación; al paso que en el día de hoy el Excmo. Ayuntamiento ha dado otras disposiciones de su incumbencia para procurar el buen desempeño de tan interesante ramo del servicio público.

    Sin embargo para el caso de que pudiese ocurrir otra vez, aunque no fuese mas que por momentos, la falta de luz, el infrascrito Alcalde constitucional, ORDENA Y MANDA:

    1.° Si aconteciese en alguna otra noche que cesasen de dar luz los faroles del gas, los vecinos que habitan en los entresuelos y primeros pisos de las casas particulares y los encargados de otros edificios, en los paseos, plazas ó calles en que sucediere, pondrán inmediatamente luces en los balcones y ventanas, hasta que se provea en aquella noche con alumbrado público de gas ó aceite.

    2.° Los dependientes de la Autoridad local que tienen á su cargo la vigilancia de la Ciudad, celarán muy especialmente el exacto cumplimiento de la precedente determinación en que se halla interesado todo el vecindario.

    Y para que llegue á noticia de este, y nadie pueda alegar ignorancia, se fijará el presente en los parages públicos y acostumbrados de la Ciudad, insertándose ademas en los periódicos de la misma.

    Barcelona 8 de marzo de 1845.

    El Alcalde constitucional,
    José Parladé.

  • El obispo de Barcelona prohibe El Cura de Aldea, del valenciano Morón

    Cura de Aldea (El), novela publicada en el folletin del periódico de Madrid tit. El Trono y la Constitución, escrita por D. Fermin Gonzalo Moron.