Etiqueta: comercio

https://lh4.googleusercontent.com/-Awj-4HgYIdw/T2W91GLKU5I/AAAAAAAA5RY/iUIsmkprDsM/s560/trade.jpg //// Montaña / Molas (?), Barcelona y el comercio (1779) //// Capmany, Memorias históricas ////

  • Llega el embajador judío del califato de Córdoba en una misión de paz y comercio

    This year [328, ie 939/10/18-940/10/5] the Jewish secretary Hasdai bin Ishaq al-Israili … concluded a peace treaty with the Frank, Sunifred, son of [Wilfred], lord of Barcelona and surroundings, under what for al-Nasir li-Din Allah were satisfactory conditions. The latter sent Hasdai bin Ishaq to Barcelona to conclude the above treaty with its lord, Sunifred. It happened that the fleet, led by Ibrahim bin Abd al-Rahman al-Baggani, which had raised anchor in the harbour of Almeria at the end of Rajab [940/5/11], arrived in Barcelona on Sunday the 10th of Shawwal [940/7/19]. On arriving, Hasdai let them know that he had concluded peace with its lord, Sunifred. In this fashion they were spared war, and the fleet left the harbour of Barcelona the same day.

    Hasdai proposed to other notables [who found themselves in Barcelona] that they should submit to the suzerainty of al-Nasir li-Din Allah, and that they should conclude peace with him. Some of his kings [ie lords] accepted this, such as Hugh …, one of their leaders, who had his seat in Arles …, who had sent a delegation in his name to the capital [Barcelona], to request safe conduct, so that traders from his land who so wanted could go to al-Andalus. This was granted, and the treaty was sent to Nasr bin Ahmad, governor [alcaid] of Fraxinetum … and to the governors of the Balearics and other coastal harbours of al-Andalus. Thus was guaranteed to those from the lands of Hugh …, and those from other communities included in the peace treaty their lives and wealth, and also all contents of their ships in such fashion, that they could dispose of their trade as they saw fit. From that moment their ships arrived in al-Andalus with much profit.

    Riquilda, daughter of [Wilfred II] Borrell … and mistress of diverse Franks, followed the path of Hugh … regarding peace with al-Nasir li-Din Allah, and sent him a Jew … B.rnat al-Israili, her counsellor, with wonderful curiosities from various parts of her land. [When al-Nasir received them], he accepted them and presented her with others of even greater value, thereby honouring her envoys.

    Then, with everything resolved, the Jew Hasdai ben Ishaq left Barcelona to return to al-Nasir li-Din Allah towards the end of Dhu al-Qi’dah [940/9/6]. He was accompanied by Gotmar, envoy of Sunifred, in accordance with the conditions agreed. The first of these was that [Sunifred] would cease to provide help to any Christians whatsoever, who had not accepted the suzerainty of al-Nasir li-Din Allah, thus accepted his peace and seeking for his pleasure. In addition, he was forced to undo the relationship he had with Garcia, son of Sanchez …, lord of Pamplona, to whom Sunifred had married his daughter, a marriage that he annulled out of obedience to the Caliph.

    He also guaranteed that all neighbouring [lords] who depended on him would also participate in the peace. Al-Nasir kept his word to Sunifred and ordered the coastal governors and the commanders [alcaids] of the fleet to steer clear of his lands and to leave the people of his land in peace. Al-Nasir respected the treaties with Sunifred and maintained peace with him, with Sunifred … and with the sons of both for two whole years, and he bore solemn testament to this in his court on Wednesday the 12th of Dhu al-Hijjah [940/9/18].

  • Prohibidas para cristianos, judíos y perros las relaciones comerciales con esclavos

    Item, que negun crestià, ne juheu no gos comprar res de catiu ne de catiua, ne prestar sobre penyora ne acullir catiu ne catiua d’altre en sa casa, ne res qui y aport. E qui contra assò farà, pagarà per ban L sols e retrà penyora a aquell de qui serà. E si no·ls pot pagar, serà estorbat.

  • Pedro IV autoriza construcción de la Lonja

    En 1390 aun no habia Lonja en Barcelona, como se desprende de otro real privilegio que el mismo don Pedro dio á 14 de marzo, y que empieza asi: «Nos en Pere per la gracia de Deu, Rey d’Aragó etc. Attenents que en la ciutat de Barchelona, jatsiá gran é insigne Ciutat, é situada en marítima, é en la cual ha molts Navegants é Mercaders, es fan moltes feynes de mercaderia, no ha Lotje convinent ne bona etc. Perço, á suplicacio de vosaltres feels é amats nostres los Concellers é Prohomens de la ciutat de Barchelona, per profit é bon estament de la dita Ciutat, otorgam per tenor de la present á vosaltres que en la ribera de la mar de la dita Ciutat, ó en aquell loch ó partida de la dita Ciutat on á vosaltres será vist mil sesser faedor, puscats edificar é fer Lotje á ops dels Consols de la mar é dels navegants é mercaders asi de la dita Ciutat com estranys, qui en la dita ciutat concorrent, ab aquelles cases, edificis, é lochs qui á la Cort dels dits Consols é a semblants Lotjes se pertany. = Item que en aquells loch ó lochs de la dita ribera, on á vosaltres será mils vist, puscats construir etc.

    En 1382 por real decreto dado á 3 de julio se mandaron quitar las horcas que estaban colocadas en la Ribera del mar de Barcelona á fin de dejar el sitio espedito para la obra de la Lonja que iba á empezarse.

    Se empezó por fin en 1383 la fábrica de la casa del Consulado del comercio, que 44 años antes se habia proyectado; y se construyó en la mencionada plaza de los cambios, en terreno propio de la casa de Moncada.

    La primitiva Casa lonja consistió en un edificio singularisimo gótico, con un magnífico salon de 3 altas y espaciosas naves, que en memoria de su suntuosidad se conserva aun al piso del suelo y en el que se admira la gentileza de todas sus partes, y sobre todo una suma solidez.

  • Restauradas varias instituciones quitadas por Felipe V

    Establece Fernando III de Barcelona VI de Castilla una junta de comercio para atender al fomento del mismo, y un consulado para determinar lo contencioso. Restablece el derecho de imperiage, y hace á dicha junta espresa donacion de la casa lonja. Todo esto fue una restauracion de lo que en 1714 habia abolido Felipe V.

  • Carlos III restituye oficialmente el derecho de portar armas, quitado por Felipe V, y de hecho ya restablecido

    Despues de las desgracias y turbaciones que padeció esta monarquía al suceder en su trono el Rey D. Felipe V mi venerado padre, tanto en el largo curso de su glorioso Reinado, cuando en el siguiente del Rey D. Fernando VI mi muy amado hermano, no han cesado los Catalanes de dar pruebas nada equívocas de su lealtad, fidelidad y amor á uno y otro soberano, que en este conocimiento no dudaron valerse de los zelosos esfuerzos del Principado en servicio de la Corona, ni le escasearon las señales de su satisfaccion con diferentes gracias y privilegios en alivio de sus pueblos, y en fomento de su navegacion y comercio: movido Yo de estos ejemplos, de las demostraciones de verdadera alegría con que me recibieron aquellos naturales á mi desembarco en Barcelona y tránsito por el Principado, de los humildes ruegos que sus nobles en general me han hecho por medio del marques de Cartellá y de D. Ramon de Ponsich, diputados en corte de Barcelona para que les restituya el porte y uso de las armas, y con especialidad de los mismos que fueron justamente exceptuados de la prohibicion en aquellos lastimosos tiempos; Y estando como estoy firmamente persuadido de que todos las anhelan, ansiosos de emplearlas ellos y sus descendientes en defensa y servicio mio, y de los mios, he venido en condescender con esta súplica concediendo á toda la nobleza de este Principado el porte y uso de las armas en los mismos términos que las tienen y usan los nobles de las restantes provincias de mis dominios.

  • Se abre la Escuela Gratuita de Diseño, después la Llotja, sin esperar permiso oficial

    Ábrese la escuela gratuita de dibujo á cargo de la Junta de Comercio.

  • Montjuic, con vistas de Barcelona y el Llobregat, la fundición de cañones, el tribunal de comercio

    The fortress of Monjoich, which lies to the south of the city, is remarkably strong, particularly on the side towards Valentia; but it is believed that the principal object of the government in building it, was to keep the free spirit of the Catalans in subjection, by commanding the chief town of the principality: it would require three thousand men to defend it against an enemy. The view of the city from the walls of the fortress is very complete. I cannot by any means allow that it contains a hundred and fifty thousand inhabitants; two-thirds of that number accords better with its general appearance, and even then perhaps the amount would be over-rated. There is nothing of magnificence in this prospect; any one who can imagine a pretty white town with a few ugly steeples rising out of it, backed by a range of hills which are sprinkled over with little pleasure-houses, will have an accurate idea of the general view of Barcelona. The prospect from Monjoich towards the south, is a fine plain, rich beyond description, through which the Llobregat flows into the sea, which it discolours to a great distance.

    This plain is terminated by hills; and through an opening of these Montserrat is plainly discovered. The west side of the fortress is bounded by the sea, which washes the foot of the precipice on which it stands. In descending Monjoich, while we were meditating on its name, we observed a stone by the road-side, which had the remains of an Hebrew inscription; but I could neither learn its history, nor that of the mountain. At the inn we found the master of the mules; with whom we agreed for two good beasts and an attendant, to carry us to Montserrat on the following day. We are to pay four dollars for going, and the same for returning, for two mules; and three dollars a day for the time we choose to remain there.

    The cannon-foundry at Barcelona is a magnificent establishment; and as the workmen are kept constantly in employ, the store of artillery must be immense. An officer of the engineers shewed us the furnace with the brass prepared which is to be melted tomorrow: and afterwards carried us into the workshop, where the operations of boring, scraping, polishing, and ornamenting the cannon, were going on with great alacrity. Another officer conducted us to the magazine of fire arms, sufficient for a 150,000 men; all are well kept, and shutters are making to preserve them still more carefully. We were next shewn the department where gun-carriages, artillery-carts, &c. are manufactured: a considerable number of persons were preparing wood and iron for these purposes. This superb cannon-foundry is inferior only to that of Seville. When the king was here, several cannon were cast in his presence. We observed in the principal workshop an image of the Virgin, placed in a conspicuous station, with candles before her; and the common prints of St. Francis and St. Anthony pasted upon almost every part of the walls of the manufactory.

    The palace of the Tribunal of Commerce has precisely the appearance of an English town-hall, or sessions-house of the last century: the architecture, consisting of a front of four half-columns, and a pediment with the royal arms, is regular and neat, but perfectly insipid; it is the chief building in Barcelona. In its court are placed statues of Neptune, and the four quarters of the world, which are greatly admired in this city: the first is awkward in the design, and indifferently executed; the others are a most ludicrous confirmation of what we heard yesterday, that no women are suffered to be studied as models in the academy of Barcelona.

  • Decreto proteccionista a favor de los fabricantes barceloneses

    Decreto sobre la permision de extraher de Barcelona las manufacturas del pais

    El Excmo. Señor Don Guillermo Filiberto Duhesme, General de Division &c. con fecha de veinte y siete del corriente, dirigió á la Junta General de Autoridades y Clases reunidas, el Decreto siguiente para su publicacion.

    Consecuente á las órdenes del Señor General Comandante en Gefe del séptimo Cuerpo del Exército, y teniendo en consideracion los deseos de la Junta General, dirigidos á favorecer eficazmente las manufacturas nacionales por medio del libre comercio.

    Decreta las disposiciones siguientes:

    Se permitirá la libre salida de todas las mercaderías procedentes de manufacturas de Barcelona, las que no adeudarán derechos, sea que se extraigan por mar ó por tierra. Se protegerá con eficacia su circulacion en el interior i se cargará un impuesto sobre los demas géneros á su salida.

    El chocolate se considera como manufactura nacional, y podrá estraerse sin pago de derecho; pero queda del todo prohibida la exportacion del cacao en especie.

    El Intendente me presentará un plan relativamente al presente decreto.

    Dado en Barcelona á veinte y quatro de Enero de mil ochocientos y nueve. = G. Duhesme.

  • La Junta de Comercio crea la escuela de economía política

    La Junta de comercio establece la clase de economía política.

  • La Junta de Comercio pone alumbrado de gas en sus escuelas de dibujo

    La junta de comercio establece en sus escuelas de dibujo el alumbrado de gas.

  • La Junta de Comercio establece la clase de dibujo para tejidos y estampados

    La junta de comercio establece la clase de dibujo para tejidos y estampados.

  • La Jamancia: Barcelona es tomada por los rebeldes

    [La Jamáncia]

    (Sábado).

    Serian las dos y media de la madrugada cuando ha entrado en esta Ciudad el batallon 3.° de Francos fuerte de unos 300 hombres con su comandante D. Francisco Riera, y que ocupaba hacia algunos dias el vecino pueblo de Sans, dirigiéndose inmediatamente á la plaza de la Constitucion donde se ha parapetado con fuertes barricadas, asestando cañones á cada una de las principales calles que desembocan en ella y prohibiendo el paso á toda clase de personas.

    Sabido al momento por el conde de Reus todo lo que en la ciudad ocurría mandó á buscar inmediatamente su compañía de Guias, dándoles orden para que fuesen á apoderarse de la casa Lonja, como en efecto lo verificaron.

    A eso de las siete de la mañana el Sr. gefe político D. Joaquín Maximiliano Gibert, ofició al Ayuntamiento para que pasase desde luego con todas sus dependencias á celebrar sus sesiones en el salon de la Junta de Comercio en el citado edificio, mas este creyéndose expuesto en aquel local se reunió en el de la Alcaldía sita en el ex-convento de Trinitarios en la calle de Fernando VII. En su consecuencia y en vista de haberse retirado las autoridades populares, el Sr. Gibert de acuerdo con el Capitan General, mandó al Sr. Prim que hiciese retirar su compañía de guias, verificándolo con ellos el citado Capitan General con la demas fuerza de la plaza que estaba á las órdenes del conde de Reus, desocupando al propio tiempo el real palacio y cerrando todas sus puertas.

    A medio día los de la Blusa y parte de los francos de Riera estaban ya posesionados en dicha casa Lonja, puerta del Mar y palacio.

    A las cinco de la tarde salieron de la ciudadela los Sres. Prim y Milans acompañados de su estado mayor, dirigiéndose por el Paseo de S. Juan y Puerta nueva al barrio de Gracia, para conferenciar, segun se dijo, con los gefes de los dos batallones de la Constitucion, que habian llegado á dicho punto, regresando juntos á la Ciudadela por la puerta del Socorro.

  • La Jamancia: capitulación cerca, tropas irregulares en contra

    (Domingo).

    La Rambla ha estado hoy muy concurrida pero nadie se atreve á espresarse francamente acerca de los asuntos que se debaten.

    Los cuerpos francos y partidas sueltas son los que mas decididos se muestran contra la capitulacion, que presenta el Constitucional de hoy como proyecto, y que no copiamos por ser la misma que quedó concertada entre el gobierno y la Junta y que se verá mas abajo. La Milicia está tambien dividida. Hoy con motivo de los dias de Isabel II, los fuertes han hecho las salvas de costumbre, sin bala.

    En Gracia circulaba impreso esta mañana el bando de bloqueo que ha espedido D. Juan Prim en Figueras, cuyo tenor es el siguiente: Véase la nota (1).

    Esta tarde ha vuelto la comision conciliadora al general Sanz rogándole se sirviese mejorar algunos artículos de la capitulacion, pero este se ha negado redondamente á ello y ha dirigido á la junta la comunicacion ó ultimatum que puede verse en la nota (2). En vista de eso se ha tocado orden general para noticiar á los cuerpos la resolucion del general en gefe. Ha poco rato han aparecido ya grupos, y á no ser por la compañia de nacionales de san Martin la Junta hubiera sido tal vez víctima del furor de los antí-transaccionistas. Atravesamos una crisis espantosa. Sin embargo ha triunfado el partido de transaccion y á las 10 de la noche han pasado á la ciudadela á firmar la capitulación que se copia en la nota (3), los señores Rius y Rosell, Vert, Montote, Prats, Costa, como comisionados de la plaza. Esta misma noche han ido á acogerse bajo el pabellon Griego, el Gobernador de la plaza y algunos vocales de la junta. En la misma han sido puestos en libertad D. Juan Castells, vocal que era de la Suprema y los Sres. D. Ildefonso Vargas, y don Vicente Cervelló, gefes de la compañia de salvaguardias.

    Con esta fecha el Excmo. Sr. Capitan general ha dirigido á los Barceloneses una proclama en alto grado consiliadora. Véase la nota (1).

    (1) Don Juan Prim, conde de Reus, etc.

    La innoble conducta del rebelde Ametller, que hollando los sagrados deberes contraíidos por sí y a nombre de los que capitanea, en la estipulacion que firmó el 8 del corriente para la entrega de las plazas de Gerona y Hostalrich, á la que segun el tenor de la misma debió seguirse la rendicion del castillo de Figueras con todas las fuerzas en ella reunidas; el saqueo y asesinatos cometidos por su gavilla en puntos indefensos y durante la tregua acordada entre ambos: el continuar aun dicho Ametller hostilizando, no ya al gobierno provisional de la Nacióon, sino á la Reina Doña Isabel II, declarada mayor de edad por el voto de los representantes españoles en la sesión del 8 del actual, le han colocado, asi como á los que siguen esa brutal revolucion tan terminantemente rechazada por todos los buenos, en la clase de foragidos, á quienes por bien del pais y honra de la Nación, cuyo nombre mancillan, es de rigurosa justicia tratar como á tales; por tanto mando.

    1.º Quedan declarados traidores por su crimen contra la Reina y el Estado, y foragidos por su pillage y asesinatos, cuantos hoy en dia se hallan en el fuerte de S. Fernando de Figueras, capitaneados por el cabecilla Ametller, sufriendo en cualquier época en que sean habidos las penas que la ley marca en tales casos, sea cual fuere la clase y condicion de los comprendidos.

    2.º Como despues de la declaracion anterior los que de cualquier modo los ausilien, apoyen ó tengan relacion con ellos, se hacen dignos de las mismas penas, se aplicarán estas irremisiblemente á los que contravinieren.

    3.° Tan luego como alguno ó algunos de los rebeldes, cualquiera qué sea su número y procedencia, se presenten en pueblo ó caserío, sus habitantes quedan obligados, á reunirse al toque de somaten para perseguirlos y esterminarlos, y asi no lo hiciesen quedarán sugelos los morosos á la pena que el articulo segundo marca para los ausiliadores y encubridores.

    4.° Establecida la linea del bloqueo al castillo de S. Fernando cuantos durante el dia se hallasen dentro del radio del tiro de cañon del mismo y en direccion á él serán fusilados, y los que durante la noche se hallasen á la misma distancia de dicha fortaleza ea cualquiera direccion que vayan sufrirán igual pena, á menos que en ambos casos se hallen los contraventores provistos del competente salvo-conducto firmado precisamente por mi ó del brigadier gefe de estado mayor de esta division.

    5.° Los espias de cualquier sexo, edad ó condicion serán fusilados.

    6.° La Milicia nacional de Figueras queda disuelta hasta que cesadas las actuales circunstancias pueda reorganizarse con arreglo á la ley, y tanto las armas de a misma como sus efectos y pertrechos de guerra, se entregarán en el preciso término de 24 horas al ayuntamiento de la misma villa, quien me será responsable de que el numero complete el de los estados de lo repartido, menos los que tengan en su poder los vándalos que se hallan en el castillo.

    7.° Las armas de fuego de todas clases que tengan en su poder los habitantes de Figueras se entregarán tambien al ayuntamiento de la villa, sie esclusion de ninguna especie y en el mismo término de 24 horas, qne se contarán en este caso y en el que marca el art. 6.°, desde la publicacion de este bando que se hará por pregon y fijará en los parages acostumbrados.

    En el Cuartel Divisionario de Figueras á 17 de noviembre de 1843.==?l general Conde de Reus.

    (2) Ejército de Cataluña. = E.M. = Son las cuatro de la tarde, y hasta esta hora esperé en vano la resolucion definitiva de esas corporaciones al convenio honroso que redacté en union y conformidad con los Sres. Comisionados que salieron ayer á las tres de la tarde de este recinto para terminar brevemente la situacion lamentable de la desgraciada Barcelona; pasó el día señalado de hoy en inaccion, y ya uo me queda nada que efectuar para salvar á esa poblacion de los rigores de la guerra. Ustedes como caballeros son testigos de la generosidad y patriotismo que he observado en las concesiones; y habiendo ya llenado los deberes del honor y de la filantropía, tengo que cumplir ahora con la sagrada obligacion que he contraido con mi patria y con mi Reina. En este concepto, si antes de las doce de la noche de hoy no queda confirmado y ratificado el convenio, romperé al amanecer las hostilidades contra la plaza, sin volver admitir hasta su total rendicion ninguna clase de convenio, estipulacion, ni parlamento; porque los que hacen armas contra su Reina, rebeldes y traidores son en todas las naciones del mundo, y no pueden capitular sino á discrecion. La España y la Europa toda sabrá la conducta observada por el Ejército y por los que sostienen la rebelion dentro de los muros de esa plaza: ella hará justicia, y las generaciones presentes y futuras llenarán de maldicion á los causantes de las desgracias. — Dios guarde á ustedes muchos años. — Laureano Sanz. — Sres. de la Junta de Barcelona.

    (3) El teniente general de los ejércitos nacionales don Laureano Sanz, capitan general del 2.° distrito militar y general en gefe del ejército de operaciones á nombre de S. M. Doña Isabel II Reina de las Españas, y en celebridad de su día en el primer año de su reinado, usando de las facultades que la misma le ha concedido en real órden de 11 del actual, y los señores D. Antonio Rius y Rosell, vocal secretario de la Junta de Barcelona, D. Tomás Vert, de la de Armamento y Defensa, D. Manuel Montoto, mayor de la Plaza, D. José Prats, 2.º comandante del escuadron de Húsares de la Milicia nacional y D. Ignacio Costa, capitan del 4.º batallon de la misma: debidamente autorizados por los comisionados de todos los puntos y corporaciones que se hallan dentro de la plaza, acuerdan el siguiente convenio.

    Artículo 1.° Como los defensores actuales de Barcelona reconocieron siempre á su Reina Constitucional, y siendo ya público que empezó á gobernar los destinos de la nación desde el dia 10 del corriente, escusado es decir, que su lealtad la obedece, respeta y acata.

    Art. 2.º La Milicia nacional conservará sus armas, teniendo cada individuo de ella la libertad de dejarlas si le acomoda, y toda sujeta á reorganización con arreglo á la ley.

    Art. 3.° No siendo necesaria la fuerza restante por la entrada de las tropas en la Capital, quedará disuelta y recibirá sus licencias para marcharse á donde mas les convenga.

    Art. 4.º Los empleados civiles y militares de toda clase y categoria que se hallan dentro de la plaza se acogen espontáneamente á la benignidad de su Reina, y seguros de la rectitud du sus actos recibirán desde luego los pasaportes que soliciten á fin de esperar la resolucion definitiva de S. M. previa recomendacion y súplica que le elevará en su favor el Excmo. Sr. Capitan general.

    Art. 5.° Serán respetadas las opiniones políticas y hechos de armas para sostener las que con mas ó menos desarrollo se hayan nanifestado desde el dia 1.° de septiembre último, pero quedará libre y desembarazada la accion de los tribunales ordinarios para satisfacer la vindicta pública en los delitos comunes.

    Art. 6.° Desde el momento en que quede terminado y ractificado este convenio, no se entablará procedimiento alguno ni se exijirá responsabilidad por causa de infidencia contra los que á él se acojieren. Si alguno se hubiera entablado contra los que se hallen dentro de los muros de Barcelona, se sobreseerá libremente.

    Art. 7.° Los prisioneros que en el dia se hallen en los depósitos quedarán bajo la proteccion de su Reina; una comision de M. N. pasará á Madrid á poner en manos de S. M. la peticion del Excmo. Sr. Capitan general en beneficio de los empleados civiles y militares y en solicitud de la libertad de sus compañeros de armas.

    Art. 8.º La misma comision impetrará de la benignidad de S. M. la libertad de los panados que por las circunstancias hayan ingresado en las filas; y mientras se reciba su resolución formarán un depósito en donde serán socorridos.

    Art. 9.° Será examinada la recaudacion y ocupacion de fondos y su distribucion con la debida escrupulosidad, para inquirir su legítima inversión; del mismo modo se examinaré la ocupacion y distribucion de metálico, géneros y efectos que se hayan hecho en la ciudad desde 1.° de setiembre, sin que pueda hacerse cargo á los individuos de la Junta por los que hubiesen invertido debidamente para el sostenimiento de la situacion creada desde la referida época. Los particulares y las corporaciones que tengan derecho á indemnizacion, serán resarcidos por los medios que señalará el gobierno con la Diputacion Provincial.

    Art. 10. La Diputacion Provincial y el Ayuntamiento serán renovados en su totalidad con arreglo á las leyes.

    Art. 11. Este convenio deberá ser admitido y ratificado brevemente para que en el dia de hoy en razon de su celebridad cese la situacion de Barcelona, entrando las tropas del Ejército en el dia de mañana á encargarse de los puntes de la plaza relevando á la Milicia nacional que los guarnece.

    Art. 12. Toda persona que hallándose actualmente dentro los muros de Barcelona desee marcharse al estrangero ó á otro cualquier punto de España, el Excmo. Sr. Capitan general le librará en el acto el correspondiente pasaporte. Si la persona que lo pidiese hubiese de rendir cuentas dejará los libros y documentos justificativos á otra persona encargada de rendirlas á su nombre.

    Art. 13. Todo el que despues de firmado y ratificado este convenio se opusiese directa ó indirectamente á su cumplimiento,
    alterase el órden público, no respetase la propiedad ó atentase á la seguridad personal, sea de la clase ó categoria que fuese, se declarará fuera de la ley, y entregado á los tribunales competentes.

    Art. 14. Las tropas del Ejército, no entran en Barcelona como hostiles: desean estrechar á sus hermanos; y despues de haber defendido a la Constitucion y su Reina juntos en la lucha de siete años, anhelan vivamente un olvido general de todo lo pasado.

    Barcelona diez y nueve de noviembre de mil ochocientos cuarenta y tres á las once de la noche Antonio Rius y Rosell, vocal secretario de la Junta Suprema.— Tomás Vert, de la de Armamento y Defensa.— Manuel Montoto, coronel mayor de plaza. —José Prats, segundo comandante del escuadron de Húsares.—D. Ignacio Costa, capitan del cuarto batallon de Milicia nacional.

    Ratifico y apruebo este convenio en el cuartel general de la Ciudadela de Barcelona á diez y nueve de noviembre de mil ochocientos cuarenta y tres á las once de la noche. — LAUREANO SANZ.

    (4) BARCELONESES.
    Un afio de continua agitacion, de trastornos y de calamidades, es una leccion severa para un pueblo, es el desengaño mas poderoso y convincente, de que su felicidad no depende del ensayo de mentidas utopias, con que la ambicion y la perfidia deslumbran a los incautos, y seducen á los que con sencilla buena fe dan crédito y presten apoyo á soñados proyectos, y alagueñas promesas de mejoras y ventura. Tiempo es ya, Barceloneses, de que la calma, la tranquilidad y la union se restablezcan entre vosotros. Tiempo es ya de que el sosiego vuelva á vuestros hogares. Mi mision es de paz; y resuelto estoy á llenarla cumplidamente. Entregaos á vuestros trabajos, laboriosos habitantes de la industriosa Barcelona: florezca el comercio, renazcan las artes, y anímese de nuevo la industria, próximas á sucumbir entre los estragos de la mas ímpia guerra. Solo así podrá reponerse esta hermosa población de las inmensas pérdidas que ha sufrido en las oscilaciones políticas. Dejad de prestaros á maliciosas sugestiones, y de alimentar falaces esperanzas. El tiempo y la esperiencia os han demostrado á cuanta costa se atrepella y precipita el orden de la marcha política. Sirvaos de desengaño y de escarmiento el cúmulo de
    males é infortunios que ha pesado sobre vosotros en esta última época, tristemente memorable.

    Nuestra idolatrada Reina acaba de recibir de la representacion nacional el glorioso cetro de cien Reyes con que sus inocentes manos deben regir á esta nacion tan desgraciada como magnánima. El trono de España va á recobrar su antiguo esplendor si reunidos en torno de él los españoles todos, todos contribuimos á sostenerle y apoyarle. Union Catalanes, y en vuestros valientes y generosos pechos se estrellarán todas las intrigas, que la codicia y la envidia estrangera ponen en juego para vuestra ruina. A vuestro frente me hallaréis siempre para combatirlas. ¡Dichoso yo si consigo, restablecer entre vosotros aquella unión, y la verdadera felicidad que solo hallaréis en el seno de vuestras familias, y el ejercicio de vuestras ocupaciones domésticas! A esto se limita mi ambicion, y á oir algun dia en boca de vuestros hijos un voto de bendicion á vuestro Capitan General.

    Barcelona 19 de noviembre de 1843.— Laureano Sanz.

  • Ensayo de alumbrado de gas en la fachada de la Capitanía General

    En la noche de ayer se ha verificado el ensayo de la iluminacion por medio de gas en la hermosa fachada del palacio de la capitania general, sito en el que fue convento de la Merced, á pesar de la calma completa que reinaba en la atmósfera, no ha sido muy viva ni brillante la luz que ha dado en ciertos trozos, quizá por la suma pequeñez de los inumerables agueros, ó por las particulares de aire que estarian detenidas dentro de los conductores; pero orillado que sea este inconveniente, la iluminacion del edificio presentará un magnifico golpe de vista, particularmente en el escudo de armas que lo corona, cuyas formas y blasones marca el gas con perfecta elegancia y curiosa simetraia. Entonces solo faltará el que se ponga en práctica la idea tantas veces anunciada de colocar candelabros á lo largo de la muralla del mar y ejecutar algunas piezas de música escogidas, á lo menos, en las noches de los dias festivos, para que este hermoso paseo fuese en la estacion calorosa el mas delicioso y concurrido, y uno de los embellicimientos mas notables y dignos de la segunda ciudad de España.

  • Fiesta de San Telmo en San Miguel del Puerto

    La ciudad de Barcelona, asi por su posicion en la costa, como por la riqueza de su suelo y por el genio emprendedor de sus hijos, parece que desde su fundacion estuvo destinada á ser mercantil y navegante. Conociéronlo asi ya en remotos siglos sus habitantes, y por esto navegaron desde muy antiguo, hicierno atrevidas empresas por los mares cuando otras naciones de Europa ni aun habian pensado en surcarlos, dictaron el primer código de comercio conocido, levantaron la primera carta geográfica plana, enviaron cónsules por toda el Asia, el Africa y la Europa; en la edad media rivalizaron con las famosas repúblicas marítimas de Italia, salieron en esa época innumerables escuadras de su puerto, y desde él se arrojaron á lejanas y difíciles conquistas. Esas flotas llevaron el nombre catalan y aragonés a Sicilia, Italia, Africa, Grecia y Turqúia; y con honor y gloria enarbolaron en esos paises las baras de Cataluña. Posteriormente pasando el estrecho de Gibraltar, surcaron todos los mares de América, y aun hoy entre todos los puertos de España, el de Barcelona es el que sostiene un comercio mas estenso y productivo con las Américas, y aquel de donde salen mas buques para aportar en el Nuevo Mundo.

    A tal aficion á las empresas marítimas y mercantiles vino á unirse el espíritu religioso, y los marinos barceloneses aclamaron por su patron á san Pedro Gonzalez Telmo, conocido comunmente por san Telmo, cuya fiesta celebra hoy la Iglesia. Erigida en Barcelona con el nombre de gremio de mareantes la cofradía ó hermandad de los marineros que se dedican á las faenas de carga y descarga, que acuden al ausilio de los buques en tiempos borascosos, y que reservando en caja una parte de los beneficios que el trabajo les produce, socorren á los marineros viejos é inválidos, y á las viudas desvalidas; los prohombres del gremio construyeron un altar á su patron en la iglesia de religiosas de santa Clara, y en él se celebró el dia 14 de abril de cada año una solemne fiesta al santo hasta época muy reciente, en que los trastornos políticos dieron ocasion á que se cerrara aquella iglesia

    Desde entonces celebróse la fiesta en la iglesia de S. Miguel del puerto en Barceloneta; y aunque el templo de santa Clara ha vuelto á abrirse, no se ha restaurado la antigua costumbre, y los marinos continúan festejando á su abogado en la iglesia de Barceloneta. Es de advertir que si san Telmo viene en día de trabajo, hasta el inmediato domingo no se celebra su fiesta, que consiste en un oficio á media orquesta. Antiguamente la solemnidad era mucho mayor, asistían á los oficios los directores y prohombres del gremio, y este hacia otras demostraciones de alegría; mas hoy todo eso ha perdido mucho mas de la mitad de su antiguo lucimiento.

  • Miércoles Santo, 1848

    Miércoles Santo.

    Nó por que Barcelona ofrezca hoy particularidad alguna dedicarémos cuatro palabras á este dia, sino porque tratándose de la semana santa en que la Iglesia celebrar los mas augustos misterios de nuestra religion, no tenemos por oficioso decir algo de sus ceremonias, siquiera con el fin de que los lectores del Añalejo sepan, si lo ignoran, la significacion de algunas de ellas. La mas notable de este dia es el canto de maitines y laudes, y las tinieblas (fasos) con que terminan, en los cuales fasos hay ha alguna cosa especial de Barcelona.

    Desde el domingo de Ramos por lo menos, trabajan los muchachos sonsacando cuartos á los padres, abuelos y tios á fin de comprar mazas y matracas con que armarse para aumentar el estruendo en la iglesia en las tardes del miércoles, jueves y viernes. Por la mañana en la misa mayor se canta la historia de la pasion del hijo de Dios segun la escribieron los evangelistas san Marcos, san Lucas y san Juan. A las 6 de la tarde con muy poca diferencia, se cantan los maitines y laudes, para los cuales en un alto candelero triangular unido á su pie por el centro de uno de los lados, se colocan y encienden 15 velas, siete por parte, y una en el vértice. Las catorce son amarillas y representan los doce apóstoles, María Magdalena y María Salomé, y la que está en le vértice es blanca y simboliza la madre del Redentor. Cántanse tres lamentaciones de Jeremías, tres Salmos de David, tres lecciones de la primera epístola de san Pablo á los corintios, otros cuatro salmos, el cántico de Moisés Cantemus Domingo gloriose etc. Otros tres salmos y el cántico de Zacarías Benedictus Dominus Deus Israel quia visitavit etc. Al terminar cada salmo se mata una vela, de suerte que despues del Benedictus queda únicamente la mas alta. Durante el mismo cántico, se van apagando las seis del altar, las lámparas y todas las demas luces que hay en la iglesia; al repetir la antífona traditor autem dedit eis signum, se quita del candelero la vela blanca llamada María sola, y se esconde debajo del altar en el lado de la epístola. Como en este dia recuerda la Iglesia la traicion de Judas, el apagarse todas las velas significa que despues de preso Jesus, los apóstoles y las dos Marías se ausentaron por temor de que los judíos los prendiesen como allegados al Redentor, y la última vela queda encendida porque representa á la madre, única cuya fe no vaciló, y que siempre mantuvo viva la esperanza en las palabras de su divino hijo. Terminado el cántico de Zacarías, se dice el salmo Miserere y finalmente una breve oracion, cuyas últimas palabras son la señal de hacerse en la iglesia el ruido llamado tinieblas y en catalan fasos, que en este dia representa el tumulto y algazara con que los judíos prendieron á Jesucristo en el huerto de Gethsemaní.

    Este ruido, que degenera por lo comun en un grandísimo estruendo, es la parte de la ceremonia que mas interesa á los muchachos, y la que los lleva á la iglesia. A ella van acudiendo desde que comienzan los maitines: ni un momento pierden de vista el candelero donde arden las 15 velas: á cada una que se apaga tienen un nuevo goce considerando que se acerca el momento de alborotar el templo, y á impulsos de la impaciencia que no basta á refrenar cosa alguna, mas de una vez turban con algun mazazo la quietud de la casa de Dios. Mas apenas queda oculta á sus ojos la María sola, cuando olvidando el lugar en que se hallan, rompen el fuego, y con matracas, mazas y martillos dan furiosamente contra el suelo, se atreven con los bancos porque en ellos las mazas hacen mas ruido, y no falta quien se arrime á un confesonario espiando el momento en que lo pierdan de vista los curas y los sacristanes, que para impedir tales y otras demasías suelen andar con ojo avizor por la iglesia. En lo mas acalorado de la bulla asoma la María sola, que es la señal de restablecerse el silencio; mas á pesar de lo que tal aparicion significa, esta vez la señal no es tan pronta y unánimemente obedecida como lo fue al anunciar la hora del ruido. Poco á poco vuelve la calma, y al fin cesa de todo punto el estruendo general, nó sin que aun entonces se oiga acá y acullá uno que otro mazazo, cual entre soldados bisoños suena un tiro y otro despues de la general descarga. Con harta frecuencia es indispensable que los sacristanes y algun sacerdote tomen cartas en el negocio, y trabajen para que la iglesia quede libre de la muchachería, que por su gusto pasaria la noche en el mismo sitio y acabaria por romper algunos bancos, y al fin y al cabo por dormirse.

    Hemos dicho que en Barcelona había en todo esto alguna especialidad y vamos á manifestarla. Las ceremonias de la Iglesia y el ruido en las tinieblas son como en otro cualquier pueblo de España; pero aqui ese estruendo, ademas de recordar los sucesos de que la Iglesia ha dispuesto que sean una conmemoracion, traen á la memoria otros acontecimientos mas recientes y no poco terribles. La proscrita familia de los judíos, que aqui como en todas partes se dedicaba durante la edad media al comercio y á la usura, fue en Barcelona víctima de los cristianos no pocas veces. Impulsados por un escesivo celo religioso lanzáronse los barceloneses en alborotada muchedumbre á las calles del Call é inmediatas, robando las casas de los judíos, incendiándolas y matando á sus moradores. Como durante la semana santa recordaban con mayor viveza los ultrages de que J.C. fue objeto, y recordaban tambien que los ultrajadores fueron judíos, dispertábase en su corazon el deseo de vengar esos ultrajes en los descendientes de los que los cometieron , y por esto la semana santa presenció en algunos años el robo y el asesinato de los judíos en Barcelona. No faltaban hombres que á fin de no pagar las deudas que con los judíos tenían, ó deseando vengarse de las usuras con que les prestaron cantidades, impulsaban el celo religioso del pueblo, estraviando ese bello sentimiento basta convertirlo en móvil de horrorosos delitos; pero el hecho es que en Barcelona muchas veces el pueblo solemnizó la semana santa con esas sangrientas escenas, y tal costumbre de hacerlo se contrajo, que vino á darse á las tinieblas un nombre nuevo llamándolas ir á matar judíos, á matar jueus. Aun hoy dia el pueblo las llama del mismo modo, y los niños mientras golpean con las mazas en el piso de la iglesia tienen una vaga persuasion de que matan judíos, y aun por esto machacan nó con alegría sino con rabia, creyendo los mas sencillos que hacen una obra meritoria. Y los padres aunque conozcan la significacion de las tinieblas, tambien dicen á los hijos que vayan á matar jueus; y de este modo va pasando de una en otra generacion la memoria de aquellas cruentas escenas, que con tanta frecuencia profanaron durante la edad media los dias de la semana santa.

    En este dia las mugeres del campo van en crecido número á coger tomillos en las montañas que circuyen la vega de Barcelona, y mañana jueves traen á vender esos tomillos á la ciudad en donde no hay familia que no compre de ellos algunos cuartos. Cuando durante el año hay en la casa una persona que no se siente buena, le administra la señora ama una sopa hecha con agua de tomillo, y ha de ser del cogido en la semana santa. No sabemos las virtudes de esa planta; mas como la sopa que se hace con su agua sustituye á la cena ó á la comida, mas bien que á sus virtudes atribuimos la mejoría de los enfermos á la dieta que la tal sopa trae consigo. De todos modos el remedio es barato, no huele á botica, y va acompañado de dieta. Vengan pues tomillos de semana santa; y coman sopa de tomillo todos los que se sientan indispuestos.

  • Fiesta de Francisco de Asís, los artesanos empiezan sus velas

    Es fama en Barcelona que en el dia de hoy fiesta de san Francisco de Asis (sant Francesch) empiezan los artesanos sus velas. Esta puntualidad en la observancia de las costumbres pudo tal vez ser en otro tiempo, porque en el que corre empieza el artesano sus velas cuando hay trabajo de sobras, y las acaba cuando hay sobra de miseria, y decae la actividad del comercio. Sanctus Pancratius ora pro nobis. Aleluya. Aleluya. (Véase el dia 12 de mayo).

  • Fiesta de Ntra Sra de la Esperanza, patrona de los corredores de comercio

    Los corredores reales de cambios celebran en la iglesia de santa María del mar la fiesta de su patrona Ntra. Sra. de la Esperanza.

    La congregacion de Ntra. Sra. de la E tributa hoy solemnes cultos á su patrona en la pequeña iglesia de la Esperanza.

  • Disolución via real decreto de una empresa metalúrgica fraudulente

    Real decreto, negando la Real autorizacion á la Sociedad metalúrgica catalana para continuar en las operaciones propias de su instituto, y declarándola desde luego disuelta.

    Vista una exposicion de la compañía anónima titulada Sociedad metalúrgica catalana solicitando mí Real autorizacion para continuar en las operaciones propias de su instituto: Vistas las escrituras en que consignó esta sociedad sus estatutos y su reglamento, otorgadas en Barcelona á 4 de Octubre de 1847: Visto el certificado del acta de la junta general de accionistas celebrada en 1º de Abril del año próximo pasado: Vistos los dos balances presentados por esta compañía, el primero denominado de salida, que segun manifiesta la comision de la Junta de Comercio de Barcelona nombrada para la confrontacion de dichos documentos, fue el que formalizó en 4 de Octubre de 1847 la sociedad titulada El Fecundo escolano, puesta en liquidacion y refundida en la Sociedad metalúrgica catalana; y el otro, el que demuestra el estado de esta en 30 de Abril último: Visto el informe de la referida comision de la Junta de Comercio de Barcelona: Visto el artículo 287 del Código de Comercio, los artículos 1º, 4º y 5º del Real decreto de 15 de Abril de 1847, los artículos 1º, 4º, 5º, 6º, 7º y 12 de la ley de 28 de Enero del año próximo pasado, y los 1º al 38 del reglamento dado para su ejecucion: Considerando que esta compañía desde que trató de constituirse con el carácter de anónima en 4 de Octubre de 1847 debió someter á la aprobacion de mi Gobierno sus estatutos y reglamento y obtener mi Real autorizacion, segun lo prevenido en los artículos 1º y 4º del Real decreto de 15 de Abril del mismo año, y que por no haber dado cumplimiento á estas disposiciones su existencia desde entonces ha sido ilegal y viciosa conforme al artículo 5º del citado decreto: Considerando que segun informa la comision de la Junta de Comercio de Barcelona la pérdida confesada en el balance de la llamada Sociedad metalúrgica catalana importante 123,424 reales 26 maravedís, equivale al 45 y 58 centesimos por 100 del capital efectivo fluctuante de esta compañía, la cual por otra parte viene á ser como una continuacion de El Fecundo escolano, disuelta»á consecuencia de haber perdido el 80} por 100 de su capital efectivo, y refundida en aquella en virtud de un convenio por el cual la llueva sociedad reconoció las 547 acciones de la extinguida, incorporándole el total haber que liquidó en su balance final El Fecundo escolano, cuyo importe era de 86,584 reales 14 maravedís, segun la copia presentada en este expediente con el número 2º; y que por consiguiente ambas sociedades en el tiempo trascurrido desde que empezó á girar la primera hasta el balance de la segunda, comparado el agregado de sus capitales con sus pérdidas respectivas, han sufrido un quebranto de 66 97 centesimos por 100: Considerando que estas pérdidas proceden, no tanto de las operaciones de la Sociedad metalúrgica catalana, como de haber-aceptado responsabilidades agenas en cambio de sus acciones, lo cual ha debido hacerse por pactos reservados, prohibidos segun el artículo 287 del Código de Comercio, puesto que ño se hace mérito alguno de este convenio en la escritura social: Considerando que por carecer todavía esta sociedad de autorizacion alguna necesita constituirse de nuevo y sujetarse á todas las disposiciones contenidas en los artículos 1º, 4º, 5º, 6º, 7º y 12 de la ley de 28 de Enero, y á los artículos 1º al 38 de su reglamento, á menos que prefiera establecerse con el carácter de colectiva; oido el Consejo Real, vengo en negar mi Real autorizacion á la Sociedad metalúrgica catalana, quedando desde luego disuelta, y debiendo por lo tanto proceder á su liquidacion con arreglo á sus estatutos y reglamentos. Dado en Palacio á 11 de Enero de l849.= Está rubricado de la Real mano.=El Ministro de Comercio, Instruccion y Obras públicas, Juan Bravo Murillo.