(Viernes)
Esta tarde ha habido otra vez revista de comisario.
Anoche las dos compañías de Salvaguardias tenian determinado pasarse á las tropas del gobierno que guarnecen la Ciudadela y entregar á este el baluarte del Medio-dia y toda la línea hasta el puente del Borne; pero se ha descubierto la conspiración y han sido presos el capitan de las mismas D. Ildefonso Vargas, y el teniente D. Vicente Cervelló, acusadores que fueron del capellan del presidio D. Melchor Bofill, y los han llevado á Atarazanas donde los hubieran fusilado acto continuo á no haber sido por D. José Molins, gobernador en aquel entonces de dicho fuerte, quien lo impidió diciendo; que si querian, los fusilasen en Barcelona á la vista del público, pero que de ninguna manera lo consentiria alli dentro. Desde alli los han trasladado á la cárcel para ser juzgados por la comision militar.
La Junta ha publicado hoy dos decretos (1) sobre recompensas y premios militares.
(1) JUNTA SUPREMA PROVISIONAL DE LA PROVINCIA DE BARCELONA.
Deseando esta Junta renumerar debidamente los importantes servicios, que han prestado y están prestando á la causa de la libertad los gefes y oficiales del ejército y cuerpos francos, decreta:
Art. 1.° Se concede á todos los gefes y oficiales del ejército y cuerpos francos, que se han adherido al actual pronunciamiento, el ascenso inmediato al empleo que tenían en 1.° de setiembre de este año.
Art. 2.° Para la obtencion de esta gracia, pasarán los comandantes de los cuerpos una relacion de los comprehendidos en ella, por conducto del gobernador de la plaza, y en su virtud se les estenderá el correspondiente despacho.
Art. 5.° Los agraciados no disfrutarán el sueldo del empleo inmediato que obtengan, hasta nueva resolucion de la Junta.
Barcelona 3 de noviembre de 1843. — Siguen las firmas.
JUNTA SUPREMA PROVISIONAL DE LA PROVINCIA DE BARCELONA.
Los estraordinarios sacrificios que ha hecho y está haciendo la benemérita Milicia nacional desde que se enarboló la bandera de Junta Central, que con tanto heroismo defiende, ecsige una justa recompensa y en su virtud esta Junta decreta:
1.° Se concede á los comandantes y oficiales de la Milicia nacional de esta Ciudad que sirven en las filas de la libertad sosteniendo con bizarría la bandera de Junta Central el carácter de Milicias provinciales.
2.° Los sargentos, cabos y demas nacionales quedarán ecsentos de quintas en los sucesivos reemplazos ya sean personales ya pecuniarios.
3.° Los comandantes de los cuerpos presentarán á esta Junta dentro del término de 48 horas una lista nominal de todos los sugetos compreliendidos en los artículos l.°y 2.° para estender á los unos los correspondientes despachos y las oportunas certificaciones á los segundos.
Barcelona 3 de noviembre de 1845.
El presidente, Rafael Degollada. — Vocales.—Vicente Soler. — Agustin Reventer. —Antonio Benavent. — Miguel Tort.—Tomás Maria de Quintana. —José de Caralt. — Vicente Zulueta. — Tomás Fábregas. — Antonio Rius y Rosell, vocal secretario.